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Conclusiones del Abogado General de la Unión Europea respecto al IRPH

Conclusiones del Abogado General de la Unión Europea respecto al IRPH
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martes 10 de septiembre de 2019, 10:38h
El Abogado General de la UE mantiene la posición planteada en la vista oral celebrada el pasado mes de febrero y defiende la protección de los consumidores frente a las entidades bancarias. id:49620
Almudena Velázquez, abogada experta en Derecho Bancario de reclamador.es, señala que “El Abogado General de la UE mantiene la posición planteada en la vista oral celebrada el pasado mes de febrero y defiende la protección de los consumidores frente a las entidades bancarias. Se trata de una noticia muy positiva para los afectados por este índice de referencia en las hipotecas, pues es habitual que los magistrados que posteriormente dictan sentencia, sigan la línea de las conclusiones del Abogado General, especialmente si ese informe favorece la protección de los consumidores. No debemos olvidar que, según los datos de los que disponemos, la reclamación por IRPH asciende, de media, a 20.000€.”

“Pese a que se trata de un paso previo a la sentencia y serán los 15 jueces del TJUE quienes tengan la última palabra, en reclamador.es recibimos este informe como un gran paso en la defensa de los derechos de los afectados por IRPH” continúa Almudena Velázquez.

En cuanto a los plazos para conocerse ese definitivo dictamen, la abogada de la compañía online de servicios legales explica que “se espera la sentencia para el último mes de este año o bien para los primeros meses de 2020. Mientras, el principal consejo es tener paciencia y no firmar ningún acuerdo al que ahora quiera llegar el banco por temor a ese posible pronunciamiento en contra de sus intereses por parte del TJUE, pues la experiencia en situaciones anteriores similares nos dice que, en ese acuerdo, la entidad bancaria únicamente aceptará cambiar la hipoteca referenciada al IRPH al Euríbor o un tipo fijo, sin devolver todas las cantidad pagadas de más por los afectados y, además, suelen incluir cláusulas que impiden al consumidor reclamar su dinero posteriormente”, finaliza Almudena Velázquez, abogada de reclamador.es.

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