Esta circunstancia, la cancelación de última hora, obliga a las aerolíneas a compensar económicamente a los viajeros afectados, pero, por norma general, para que los pasajeros aéreos reciban el dinero que les corresponde deben reclamar a las aerolíneas y, en un gran porcentaje de ocasiones, acudir a los tribunales para conseguir su dinero. id:74993
Según datos de la compañía online de servicios legales,
reclamador.es, el 75% de las reclamaciones aéreas gestionadas desde el fin del último estado de alarma, el 9 de mayo de 2021, están relacionadas con cancelaciones de vuelos o cambios de horario que se producen con menos de 14 días de antelación, situación que, según el Reglamento Europeo 261/2004, da derecho a los viajeros afectados a solicitar a la aerolínea una compensación económica que va de los 250 a los 600 euros, según la distancia del vuelo.
Este tipo de cancelaciones son las consideradas “de última hora”, y en estos últimos tres meses ha provocado el 75% de las incidencias en vuelos que llegan a reclamador.es.
En términos absolutos, la compañía online de servicios legales ha gestionado, desde que finalizara el estado de alarma, cerca de 2.000 reclamaciones aéreas, de las cuales, el 75% son por motivo de un cambio de hora del vuelo o de la cancelación del mismo, con menos de 14 días de antelación. En muchas ocasiones, indica reclamador.es, estas incidencias ni siquiera son comunicadas a los pasajeros, o las comunican el mismo día del vuelo, dejando a los pasajeros en una completa situación de indefensión, teniendo en algunos casos que buscarse, por sus propios medios, una alternativa para llegar a su destino. En estos casos, además de la compensación, podrán reclamar los gastos que provoque la total desatención por parte de la aerolínea.
Esta circunstancia, la cancelación de última hora, obliga a las aerolíneas a compensar económicamente a los viajeros afectados, pero, por norma general, para que los pasajeros aéreos reciban el dinero que les corresponde deben reclamar a las aerolíneas y, en un gran porcentaje de ocasiones, acudir a los tribunales para conseguir su dinero.
El 25% restante de esas reclamaciones aéreas gestionadas por reclamador.es son por cancelaciones o cambios de itinerarios, en los que la aerolínea comunica la incidencia con la antelación debida -más de 14 días-, pero no ofrece el reembolso del billete cancelado. Es entonces cuando los viajeros contactan con reclamador.es para que defiendan su derecho al reembolso del billete. En estos casos, pese a que los viajeros no podrían reclamar la compensación económica recogida en el Reglamento Europeo -puesto que le avisaron de la cancelación o cambio con la antelación debida- sí tienen derecho a que la compañía aérea les devuelva el dinero del billete y gastos derivados de dicha cancelación, como pueden ser, noches de hotel o la adquisición de un nuevo billete para poder llegar a su destino, si la aerolínea no ofrece ninguna solución.