El Consejo de Gobierno del Banco de España aprobó el pasado día 28 de enero la Circular 1/2020 que modifica la Circular 1/2013 sobre la Central de Información de Riesgos (CIR) y que hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. id:54940
El objetivo fundamental de esta modificación es incorporar los cambios que la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario introdujo en la Ley 44/2002 de medidas de reforma del sistema financiero y que afectan a la CIR.
La principal novedad es que se habilita el acceso a la CIR del Banco de España de todas las entidades prestamistas de crédito inmobiliario: por un lado, se amplía la obligación de declarar a la CIR a los prestamistas inmobiliarios y a las entidades de crédito que operen en régimen de libre prestación de servicios y, por otro, se permite el acceso de los intermediarios de crédito inmobiliario a los informes sobre los riesgos de las personas físicas y jurídicas registrados en la CIR en igualdad de condiciones que las entidades declarantes. Con estas modificaciones, se aumenta la información a disposición de las entidades para evaluar los riesgos de sus clientes, lo que les permitirá mejorar su proceso de toma de decisiones.
La nueva circular incorpora también otras mejoras y aclaraciones menores en la Circular 1/2013 de la Central de Información de Riesgos. La Circular 1/2020, que ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, entrará en vigor dentro de 20 días.