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El fin de la moratoria concursal: Consecuencias negativas para las empresas y los juzgados

Javier Díaz-Gálvez, Abencys.
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Javier Díaz-Gálvez, Abencys.
jueves 16 de junio de 2022, 05:33h

La firma Abencys señala alguno de los efectos negativos que tendrá para las empresas en dificultades y para los juzgados el fin de la moratoria concursal, que concluye el próximo 30 de junio. id:84758

La moratoria concursal vigente finaliza, salvo nueva prórroga, el próximo 30 de junio. Con la fecha de caducidad acercándose, ya se está empezando a especular por diversos colectivos sobre la posibilidad de aplazar una vez más el final de esta prórroga extraordinaria. Desde el despacho Abencys, se prevé que, al finalizar esta medida se pueden acumular diversos factores que pueden afectar de manera singular a un gran colectivo de empresas.

Así, al amparo de la conocida como “moratoria concursal”, desde que se declarase el estado de alarma en marzo de 2020 las empresas insolventes han estado dispensadas de presentar concurso de acreedores a pesar de que legalmente obligadas a ello. Con el fin de la moratoria, y la no recuperación plena de nuestra economía, se prevé que sean numerosas las compañías que acudan simultáneamente al concurso, muchas de ellas ya empresas zombis, esto es, compañías de facto inviables que han mantenido su actividad de forma artificial a causa de las medidas públicas de apoyo produciéndose así una asignación ineficiente de recursos.

Ante esta situación, el despacho Abencys, mantiene su postura: lo que en principio fue una medida lógica y adoptada en la mayoría de los países de nuestro entorno, con el paso del tiempo, las sucesivas prórrogas y la no exigencia de ningún requisito para poder acogerse a éstas, se ha convertido en una medida con unos efectos contraproducentes para el futuro del tejido productivo español”.

A la vista del número de concursos presentados desde la entrada en vigor de esta medida, es evidente que la moratoria concursal ha generado un efecto sedante en las empresas en dificultades, sumiéndolas en una falsa sensación de que la decisión sobre las medidas a adoptar para la supervivencia del negocio puede posponerse casi indefinidamente.

En esta línea, Javier Díaz-Gálvez, socio de Abencys, es consciente de que cuando una empresa entra en dificultades no es sencilla la puesta en marcha de medidas necesarias para posibilitar su supervivencia, pero lamenta que “la moratoria concursal finalmente no ha ayudado a este fin, sino más bien al contrario, posponiendo artificialmente la solución al problema.

Muchas empresas en dificultades, que deberían haber afrontado ya medidas complejas pero necesarias para su supervivencia, han continuado operando en la misma situación agravando su estado, y ahora con el fin de la moratoria, deberán enfrentarse a la realidad de su posiblemente, crítica situación”.

Fin de la moratoria concursal: un posible colapso judicial

Pese a que durante el periodo de mora han continuado solicitándose concursos de acreedores, son muchas más las empresas y empresarios que se han venido acogiendo a las sucesivas ampliaciones de la moratoria concursal, retrasando así la presentación de su concurso al tener cobertura legal para hacerlo.

Es por tanto previsible que tras el fin de la medida, todas las empresas y empresarios afectados con el fin de tratar de evitar responsabilidad de sus administradores no van a tener otra opción que solicitar su concurso de acreedores durante los próximos meses, por lo que si a ese efecto sumamos el cambio de normativa que también se avecina en la regulación de los procedimientos concursales y la segunda oportunidad se puede ocasionar un verdadero colapso de los juzgados mercantiles que no han visto reforzados sus medios en este periodo de mora .

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