La corporación habilitará 11 colegios electorales, uno en las oficinas centrales de la Cámara y el resto repartidos en cada una de las 10 delegaciones territoriales. id:43180
Una vez proclamadas las candidaturas por parte de la Junta Electoral, la Cámara de Comercio de Barcelona ha comenzado a activar los mecanismos que tiene a su alcance para fomentar la participación en las elecciones del próximo mes de mayo.
Por un lado, el día de la votación presencial (8 de mayo) la corporación habilitará 11 colegios electorales que se ubicarán respectivamente en las oficinas centrales de la Cámara (Av. Diagonal, 452 Barcelona) y cada una de las 10 delegaciones territoriales.
Y por otro, y ya partir de la próxima semana, la corporación pondrá a disposición de las empresas una herramienta de consulta dentro de la web de la Cámara, a través de la cual se podrá consultar previamente la pertenencia o no al censo de la corporación. Esta consulta se podrá hacer en el espacio de la web que incluye toda la información sobre el proceso electoral. En este mismo apartado de la web se habilitará, además, otro apartado donde también se podrán consultar, introduciendo el NIF, todos los grupos y categorías donde puede votar cada elector/-a.
Por su parte, el auditor designado por la Generalidad de Cataluña, con el fin de comprobar que todo el proceso de votación es correcto, velará por la legalidad del voto antes, durante y después de las elecciones.
Estas elecciones servirán para elegir 40 de los 60 miembros del Pleno de la corporación.
En estos momentos, el Pleno de la Cámara está formado por un total de 69 miembros: 60 elegidos por sufragio libre y nueve más que representan las organizaciones empresariales. El Pleno que saldrá de las próximas elecciones, estará formado por 60 miembros en total de acuerdo con la siguiente estructura:
- 40 miembros, ya sean personas físicas y / o jurídicas elegidos mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, entre todos los electores de la Cámara, clasificados por grupos y categorías
- 14 miembros, elegidos entre las empresas de mayor aportación voluntaria que figuren en el censo. Se establece una aportación mínima -actualmente, de 75.000 € - por año natural de mandato, por lo que el incumplimiento de esta condición supone la pérdida de la condición de miembro del Pleno.
- 6 miembros elegidos a propuesta de las organizaciones empresariales, territoriales e intersectoriales más representativas.
Una vez constituido el Pleno, serán sus miembros los que escogerán el Presidente y el Comité Ejecutivo.
El proceso electoral
En las elecciones a la Cámara de Comercio de Barcelona pueden votar todas aquellas personas, físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales, de servicios o navieras dentro de la demarcación cameral y que estén en el censo electoral de la Cámara.
La demarcación de la Cámara de Barcelona comprende toda la provincia de Barcelona excepto los territorios que forman parte de las demarcaciones de las cámaras de Manresa, Sabadell y Terrassa.
El requisitos para votar de forma remota entre el 2 y el 7 de mayo son: formar parte del censo electoral y disponer de un certificado digital de los que se han incluido en la convocatoria.
En el transcurso del proceso de votación remota habrá un servicio de atención al usuario de la plataforma habilitada para resolver cualquier incidencia técnica. De todos modos, en los próximos días, la página web de la Cámara de Barcelona dispondrá de información respecto de las características técnicas de la votación.
Para votar de forma presencial el día 8 de mayo, los requisitos varían en función de si es una persona física o si es jurídica la que emite el voto:
Las personas físicas podrán emitir su voto de forma presencial después de que la Mesa les haya identificado con su DNI o pasaporte vigente, los haya registrado y dado acceso para votar. Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica podrán emitir su voto de forma presencial, mediante su representante, después de que la Mesa electoral las identifique, las registre y dé acceso para votar. Los representantes de las personas jurídicas, además del DNI o pasaporte vigente, deberán presentar el poder de representación correspondiente.
Particularidades del proceso electoral cameral
Puede darse el caso de que una empresa vote y se presente a la vez en más de una Cámara. Es decir, las personas físicas y jurídicas que tengan sucursales o agencias en circunscripciones correspondientes al ámbito territorial de varias cámaras tienen derecho electoral en cada una de estas. Se aplica la misma norma a las empresas que tengan su domicilio social en el ámbito territorial de una cámara pero desarrollan su actividad en otro.
Del mismo modo que, si una empresa no tiene sede en el área de Barcelona puede votar siempre que desarrolle una actividad económica dentro del área de Barcelona. Por ejemplo, puede tener la sede social fuera de la demarcación pero un establecimiento en Barcelona.