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Defensa de la competencia:

La Comisión vuelve a adoptar su Decisión y sanciona a Telefónica y Pharol (anteriormente Portugal Telecom)

La Comisión vuelve a adoptar su Decisión y sanciona a Telefónica y Pharol (anteriormente Portugal Telecom)
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Por la celebración de un acuerdo de inhibición de la competencia por un importe de 79.040.000 euros

miércoles 26 de enero de 2022, 19:01h
La Comisión Europea ha vuelto a adoptar una decisión contra Telefónica y Pharol (antes Portugal Telecom) y ha impuesto una multa de 66.894.000 euros a Telefónica y de 12.146.000 euros a Pharol por celebrar un acuerdo de inhibición de la competencia, infringiendo las normas de defensa de la competencia de la UE. id:80154
En enero de 2013, la Comisión adoptó una Decisión por la que se imponían multas a Telefónica y Portugal Telecom por acordar no competir entre sí en los mercados de telecomunicaciones ibéricos.

En junio de 2016, el Tribunal General confirmó íntegramente las conclusiones de la Comisión relativas a la infracción de las normas de defensa de la competencia de la UE por parte de las dos empresas y a su responsabilidad por ella, pero anuló las multas impuestas por la Comisión.

El Tribunal General consideró que la Comisión debería haber examinado las alegaciones de las partes de que no existía competencia potencial entre ellas en determinados mercados y de que estos mercados deberían haber sido excluidos del valor de las ventas sobre cuya base se calcularon las multas (asuntos T-216/13 y T-208/13). La sentencia del Tribunal General fue confirmada posteriormente por la sentencia del Tribunal de Justicia de 13 de diciembre de 2017.

La decisión de hoy tiene plenamente en cuenta la sentencia del Tribunal General y excluye, tras una nueva evaluación, los servicios del valor de las ventas para las que se constató la existencia de barreras insuperables a la entrada y para las que, por tanto, las partes no estaban en competencia potencial entre sí durante el período de aplicación de la cláusula de no competencia. La Decisión vuelve a imponer multas a Telefónica y Pharol por celebrar un acuerdo de no competencia.

Las nuevas multas impuestas se basan en los mismos parámetros de gravedad, duración y circunstancias agravantes y atenuantes que los invocados en la Decisión de la Comisión de 2013. La Decisión de modificación se publicará con el número de asunto AT.39839 en el registro público de asuntos en el sitio web de competencia de la Comisión.

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