El programa, impulsado por el Despacho Cremades & Calvo-Sotelo atenderá jurídicamente a ciudadanos, empresas e instituciones mientras dure la crisis. id:57087
El despacho
Cremades & Calvo-Sotelo, una de las principales firmas internacionales de abogados que opera en España y Latinoamérica, lanza la campaña solidaria “La ley te protege”, poniendo a disposición de gobiernos, instituciones, organizaciones no gubernamentales, empresas, fundaciones y ciudadanos, asesoramiento jurídico gratuito durante el tiempo que dure el estado de alarma instaurado desde el pasado 14 de marzo.
La campaña “La ley te protege” nace con el objetivo de cubrir aquellas necesidades jurídicas que surgen en estos momentos de incertidumbre y cambios legislativos, con la finalidad de defender los derechos de los ciudadanos y recuperar su actividad. Y es que, tal y como ha destacado Javier Cremades, abogado y presidente del bufete Cremades & Calvo-Sotelo, “la humanidad está viviendo una situación inconcebible para las actuales generaciones, y en mitad de la tormenta, el Estado de Derecho es una garantía para el orden y la convivencia”.
Desde el despacho, el equipo que lidera esta iniciativa solidaria está formado por magistrados, inspectores de Hacienda y abogados del Estado, quienes buscan mantener la seguridad jurídica, evitando la picaresca y fomentando el sometimiento a la ley.El equipo de profesionales orientará sobre asuntos referentes a las área mercantil, civil, administrativa, penal… y servirá como guía para manejarse en este escenario excepcional. Ante esta nueva situación, Cremades evita la desorientación con este proyecto y reconoce haberlo puesto en marcha “para acompañar a la sociedad en esta transición hacia la normalidad”.
“La crisis que vivimos es sanitaria, económica y social, pero también de inseguridad jurídica”, reconoce Cremades. Se ha declarado el estado de alarma y, como consecuencia, se ha entrado en una etapa de creación de normas temporales y cambiantes. “Los ciudadanos y las empresas no conocen, con la más mínima antelación, las consecuencias jurídicas de sus decisiones y actos; y es por ello que nos ponemos a disposición de la sociedad, de forma que quien necesite un consejo o acompañamiento jurídico lo va a tener sin hojas de encargo, sin formularios ni formalidades”, destaca.
El estado de alarma, que se declaró por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, no suspende la Constitución ni el Estado de Derecho que ella representa. Supone entrar en una situación de excepcionalidad o anormalidad constitucional, en la que se limitan algunos derechos y se altera el normal funcionamiento de las instituciones del Estado, pero sobre la premisa de que se haga una adecuada utilización de la previsión constitucional, establecida para supuestos excepcionales como los que vivimos.
El estado de alarma habilita la generación de una legislación especial, en la que, sin embargo, no desaparece el reconocimiento y protección de derechos individuales. La Constitución y las leyes supeditan la legitimidad de la declaración de los estados excepcionales a los principios de temporalidad y proporcionalidad en la adopción de medidas, que han de ser las estrictamente indispensables para restablecer la normalidad.