El Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes Inmobiliarios de Madrid (COAPIMADRID – AIM) aclara que los honorarios de los Apis se cobran previa nota de encargo firmada por el vendedor para hacer las gestiones encaminadas a la venta de un inmueble. La hoja de control de visitas sólo sirve para acreditar al vendedor que se han realizado gestiones para la venta, como lo es enseñar el piso o el inmueble. id:74378
La nota de encargo es una garantía para los consumidores en la compraventa de vivienda. Con motivo de la aparición en los medios de afirmaciones erróneas y confusas sobre la actividad de intermediación de los agentes inmobiliarios, el
Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes Inmobiliarios de Madrid (COAPIMADRID – AIM),
que preside Jaime Cabrero García, aclara que los honorarios de los Apis se cobran previa nota de encargo firmada por el vendedor para hacer las gestiones encaminadas a la venta de un inmueble. La hoja de control de visitas sólo sirve para acreditar al vendedor que se han realizado gestiones para la venta, como lo es enseñar el piso o el inmueble.
La relación contractual que establecen los Apis para una futura operación de compraventa es con el vendedor. Por tanto, hay que evitar la confusión entre la nota de encargo y la hoja de control de visitas, ya que esta última no compromete al comprador consumidor ni afecta al pago de honorarios por parte del comprador, pues la relación es con el vendedor. Otra cosa distinta es la figura del agente del comprador.