Estoy en paro y quiero disponer de las prestaciones que me quedan de una sola vez. ¿Tengo que pagar impuestos? id:57934
Existe la posibilidad de cobrar todo el paro que reste de una sola vez, siempre que vayamos a realizar un trabajo por cuenta propia, incorporarse como socio de cooperativa de trabajo o a sociedades laborales.
Este derecho se tiene desde el principio de empezar a cobrar el paro y siempre que queden, al menos 3 mensualidades por percibir.
Para estar EXENTO de tributar por el importe recibido se tiene que cumplir que:
a) Se tiene que iniciar la actividad en el plazo de un mes desde la autorización.
b) Se deberá estar dado de alta en la actividad un mínimo de 5 años.
Si dentro del beneficio se encuentra el abono de las aportaciones de cotizaciones a la seguridad social, estas también estarán exentas, siempre que se cumplan el resto de las condiciones.