La semana pasada se publicó en el BOE la conocida como Ley Rider, que modifica el estatuto de los trabajadores y que obligaría a plataformas de reparto, como Uber, Glovo o Deliveroo, a contratar como asalariados a los repartidores. id:72238
Además, la ley incluye otra modificación importante y que no solo afectará a las plataformas de reparto a domicilio, sino que lo hará a todas las empresas que utilicen algoritmos, teniendo los comités de empresa derecho a ser informados de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones y que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.
No faltan quienes ven la ley como pionera y absolutamente necesaria y quienes creen que es tan genérica que genera más incertidumbres que certezas, al menos mientras no se publiquen los desarrollos normativos correspondientes.