Los economistas señalan que siguen existiendo aspectos controvertidos en la elaboración de las memorias de las cuentas anuales y resaltan el cambio que se produce este año en la redacción del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, respecto a los derechos de separación en caso de falta de distribución de dividendos, y la necesidad de incluir en las memorias la extensa información que la legislación fiscal requiere. id:43208
El
Consejo General de Economistas de España, a través de cuatro de sus órganos especializados –Economistas Contables (EC), Registro de Economistas Auditores (REA), Registro de Economistas Forenses (REFOR) y Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) –, ha organizado una jornada en la que se han expuesto las novedades más importantes y los aspectos más controvertidos relacionados con la elaboración de los distintos tipos de
Memorias de cuentas anuales para el cierre de 2018, de acuerdo al Plan General de Contabilidad, que las empresas deben presentar durante el primer semestre de 2019. En el acto han intervenido como ponentes Federico Díaz, director de control de calidad del REA; Marcos Antón, director ejecutivo de EC; Gregorio Labatut, economista-profesor titular de la Facultad de Economía de la Universidad de Valencia; Alejandro Latorre, economista-administrador concursal, y Gema Martín de Almagro, economista-auditora de cuentas, miembro de EC y del REA.
Los economistas han recordado que siguen existiendo aspectos controvertidos en los modelos de las memorias, como son la información sobre conflicto de intereses en la memoria abreviada y de pymes; algunos aspectos de la valoración y estimación de la incertidumbre; juicios relevantes en la aplicación de políticas contables; operaciones sobre partes vinculadas, y la posibilidad de realizar la memoria abreviada por parte de los grupos horizontales o de coordinación. Además, han recordado que las empresas que formen un grupo horizontal –porque tengan los mismos administradores o socios– no podrán realizar la memoria abreviada si entre todas ellas superan los límites establecidos para ello, y tendrán que confeccionar por tanto el Estado de Cambios del Patrimonio y el Estado de Flujos de Efectivo.
Los economistas también destacan que la información sobre la situación fiscal de la empresa reflejada en la memoria cobra una importancia fundamental, pues en la misma se deben describir con exactitud las diferentes obligaciones fiscales que contrae la empresa y los derechos todavía no ejercicios con el fin de no perderlos, como la compensación de bases imponibles negativas, deducciones y bonificaciones o minoraciones por reserva de capitalización todavía no aplicadas, entre otras.
A lo largo de la jornada se ha puesto de manifiesto, además, la importancia de que, en la memoria, la dirección de la empresa refleje de manera adecuada la información a revelar en relación con el principio contable de “empresa en funcionamiento” y, en concreto, sobre la continuidad de la misma. Así, en el caso de que el auditor tenga dudas sobre la continuidad de la empresa, así como de que la información revelada en la memoria sea la correcta para informar correctamente a los usuarios, deberá reflejarlo en la sección específica “Incertidumbre material relacionada con la empresa en funcionamiento”. De esta manera se dota a la información de estados financieros de una mayor transparencia.
En este sentido, un aspecto a tener en cuenta, según los economistas, es que en el caso de que la empresa tenga dificultades financieras para cumplir con sus obligaciones de pago, o problemas de refinanciación, deberá expresarlo con exactitud en la memoria. A este respecto, los modelos de memoria elaborados por el Consejo General de Economistas de España describen la forma más adecuada para reflejarlo, así como el epígrafe correspondiente donde debe figurar esta información.
Debido a la gran importancia de este hecho, como novedad de este año, se ha elaborado el Modelo de Memoria sobre el Marco de Información Financiera cuando no resulta de aplicación el principio de empresa en funcionamiento, en base a la Resolución del ICAC de 18 de octubre de 2013, considerándose como una guía orientativa que las entidades deberán adaptar a su situación particular. Según indican los economistas, la finalidad de la Resolución es aclarar qué criterios se consideran adecuados para formular las cuentas anuales cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, y normalizar con ello el sistema de información contable o marco de información financiera. La resolución pone ejemplos de hechos o de condiciones de naturaleza financiera, operativa, legales o de otra índole, que, individual o conjuntamente, pueden generar dudas significativas sobre la continuidad de la empresa y que los responsables de la empresa deben ponderar.
El Consejo General de Economistas viene publicando desde el año 2009 los modelos de Memorias de Cuentas Anuales con la finalidad de dotar a los economistas de una herramienta clave para su práctica profesional. Así, en la jornada se ha puesto de manifiesto la elevada utilización de los modelos por parte de los profesionales, lo que ayuda a aumentar la transparencia de la información financiera.
Esta nueva edición de los modelos de Memoria de Cuentas Anuales del Consejo General de Economistas actualiza los modelos de ediciones anteriores (memoria no abreviada, abreviada, pymes, consolidada, entidades sin fines lucrativos no abreviada, entidades sin fines lucrativos abreviada, entidades sin fines lucrativos pyme) en base a la última normativa de aplicación y presenta como novedad la memoria sobre el marco de información financiera cuando no resulta de aplicación el principio de empresa en funcionamiento. Contiene, además, un resumen con los principales cambios que se han incorporado frente a las Memorias del pasado año.
Los economistas han afirmado además que publicarán las actualizaciones a los anteriores modelos y publicarán otros nuevos, ya que suponen una mejora de la calidad de la información financiera española.