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Jesús García Pérez y José Antonio Álvarez, Fiscalidad Patrimonial.
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Jesús García Pérez y José Antonio Álvarez, Fiscalidad Patrimonial.

Un plan de ahorro fiscal maximiza nuestros ingresos por el trabajo

miércoles 10 de mayo de 2017, 10:03h
La campaña de la Renta arranca y una buena planificación fiscal nos permite ahorrar impuestos de un modo sencillo.
Fiscalidad Patrimonial, compañía española especializada en el asesoramiento profesional, fiscalidad y gestión de patrimonios, explica a los contribuyentes que Un plan de ahorro fiscal maximiza nuestros ingresos por el trabajo. La planificación debe ser llevada a cabo teniendo en cuenta todas las posibilidades de ahorro que nos ofrece la Agencia Tributaria. Cualquier error puede conllevar un mayor pago de impuestos.

Fiscalidad Patrimonial apunta las distintas variables que nos afectan y nos pueden hacer ahorrar ante Hacienda hasta un 30%:

- Desgravación del ahorro. Planes de Ahorro 5, incentivos fiscales por parte del Estado para promover el ahorro, cuyos rendimientos están exentos del IRPF con un límite de 5.000 euros al año durante un plazo de 5 años.

- Rentas del trabajo. Los autónomos pueden cambiar sus retribuciones monetarias por otro tipo que están exentas de tributar como los cheques restaurante, el abono transporte o el seguro médico.

- Deducción de la vivienda. Aquellas personas que compraron vivienda antes del 31 de diciembre de 2012 podrán deducirse hasta un 15% de las cantidades invertidas al inmueble durante todo el año, con un límite de 9.040 euros.

- Planes de pensiones. Podemos deducir una parte de las aportaciones que hemos hecho a nuestro plan de pensión con un máximo de 12.500 euros para las personas mayores de 65 años y de 10.000 euros el resto. Para las aportaciones a planes de pensiones realizadas por el cónyuge de contribuyente el límite se encuentra en 2.500 euros.

- Ahorro gracias a las donaciones. El contribuyente se podrá desgravar un 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% en el resto de donaciones. El porcentaje de deducción aumenta hasta el 35% en el caso en que la cantidad donada a una misma entidad solidaria no haya disminuido en los tres últimos años. Deberán solicitar un recibo o certificado que verifique esa donación y contenga los datos identificativos del contribuyente.

- Incentivos para emprendedores. Se podrán deducir el 20% en la cuota del IRPF de la inversión realizada cuando se suscriben acciones o participaciones de la sociedad. La base máxima de deducción es de 50.000 euros anuales, sin que supere el 40% del capital de la empresa ni los 400.000 euros en el periodo de inicio del negocio.

- Internacionalización de la empresa. Los rendimientos obtenidos por parte de la empresa de exportar sus productos o servicios están exentos de pagar el IRPF con un máximo de 60.1000 euros anuales siempre que en el territorio en el que se realiza la actividad económica se aplique un impuesto de la misma naturaleza que el IRPF y que no sea considerado como "paraíso fiscal".

El 11 de mayo comienza el plazo para presentar la declaración de manera presencial en oficinas de la AEAT y entidades colaboradoras y hasta el 26 de junio se podrá presentar el borrador con resultado a ingresar y domiciliación en cuenta. La campaña terminará el próximo 30 de junio para el resto de casos. Están obligadas a hacer la Declaración quienes ingresan más de 22.000 euros de un solo pagador. Tras la reforma fiscal, el límite mínimo para realizar la declaración de la renta se fija en 12.000 euros para las personas que entren dentro de cuatro supuestos: “cuando los rendimientos de trabajo lleguen de más de un pagador y al sumar las cantidades percibidas no superen los 1.500 euros anuales, aquellas personas que reciban algún tipo de pensión del cónyuge o cualquier tipo de anualidad por año, cuando el pagador de rendimientos no esté obligado a retener y cuando se tienen rendimientos íntegros de trabajos fijos a retención”, explica Jesús García Pérez, socio fundador de Fiscalidad Patrimonial y que ha dedicado más de 25 años a asesorar y gestionar empresarios individuales y jurídicos.

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