El demandante se encontraba en situación de desempleo en el momento de suscribir los préstamos.
Un juzgado de Ronda ha condenado a Cajasur en una contundente sentencia, anulando “de un solo golpe
” hasta tres cláusulas en cada una de las cuatro hipotecas de un mismo cliente. Es decir, se ha declarado la
nulidad de un total de 12 cláusulas hipotecarias, y todo ello en el mismo procedimiento.
Según ha explicado el abogado que ha llevado la dirección de este asunto, Francisco Orozco, el fallo de este Juzgado ha declarado nulas cláusulas como la “manida” cláusula suelo, el interés de demora o la cláusula de gastos de formalización, siendo además procedente, en este último caso, la devolución total de todos los gastos. Las estipulaciones de todas las escrituras de préstamo eran idénticas, por lo que el procedimiento se ha simplificado al aplicar la misma doctrina a todas las hipotecas.
Los cuatro préstamos habían sido suscritos por la misma persona, un vecino de Ronda, cuyo capital se destinó a la compra de distintos locales comerciales y viviendas. La entidad bancaria mantenía que el cliente no poseía la condición de consumidor, sino que se trataba de un empresario y que, por tanto, no le resultaría de aplicación la normativa en la materia. Algo que fue negado categóricamente por la defensa del cliente, quién acreditó que, al momento de suscribir los préstamos, el demandante se encontraba en situación de desempleo, independientemente del uso que en el futuro el prestatario quisiera dar a los inmuebles.
Además, según ha podido explicar el abogado Francisco Orozco, experto en Derecho Hipotecario, “la normativa comunitaria exige que el juez analice todas las circunstancias del caso susceptibles de demostrar con qué finalidad se suscribe el préstamo”, por lo que lo importante no sería la condición del deudor del préstamo, sino determinar si el destino era empresarial o particular, como ha ocurrido en este caso.
El pronunciamiento del este Juzgado malagueño contempla, además de las declaraciones de nulidad, la devolución de las cantidades cobradas en aplicación de todas estas cláusulas, más los intereses legales, a lo que habría que sumar las costas del procedimiento. Todo ello, podría superar la cifra de 40.000 euros que Cajasur deberá abonar a este cliente.
El letrado ha expresado su satisfacción con la sentencia, y ha declarado que, en su experiencia, “los bancos están perdiendo la inmensa mayoría de procedimientos judiciales que dilucidan la nulidad de cláusulas en hipotecas firmadas entre los años 2001-2012”. Francisco Orozco cree que “las entidades prefieren litigar antes que devolver el dinero voluntariamente, pues parece que les resulta más rentable pagar intereses y costas judiciales antes que proceder a una devolución general en todas las hipotecas”.