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La Comisión propone nuevas normas para hacer de la OLAF una estrecha colaboradora de la Fiscalía Europea
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La Comisión propone nuevas normas para hacer de la OLAF una estrecha colaboradora de la Fiscalía Europea

jueves 24 de mayo de 2018, 12:43h
La creación de una Fiscalía Europea (EPPO, por European Public Prosecutor's Office) marca el inicio de una nueva fase en la lucha contra el fraude que afecta al presupuesto de la UE.
En este contexto, la Comisión Europea propone hoy modificar el Reglamento (UE, Euratom) n.º 883/2013, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF). La modificación tiene por objeto garantizar que la OLAF disponga de los recursos necesarios para trabajar estrechamente con la Fiscalía Europea en la detección e investigación del fraude en toda la UE. Los cambios propuestos contribuirán también a clarificar las herramientas de que dispone la OLAF para llevar a cabo investigaciones administrativas con el fin de garantizar su eficacia. Se trata, en particular, de los controles e inspecciones, y del acceso a la información sobre las cuentas bancarias, así como de las herramientas que se utilizan para luchar contra el fraude en el ámbito del IVA.

«El presupuesto encarna plenamente el valor añadido de la UE. Debemos velar por que cada céntimo se gaste en beneficio de nuestros ciudadanos. Esto significa que la lucha contra el fraude y la corrupción debe ser más intensa que nunca. Tenemos que garantizar que la OLAF esté en condiciones de cumplir su misión y de colaborar con la Fiscalía Europea de un modo ágil y eficaz. Tenemos que contar con una OLAF fuerte que complemente el enfoque penal de la Fiscalía Europea con investigaciones administrativas rigurosas.» ha declarado Günther H. Oettinger, comisario europeo de Presupuesto y Recursos Humanos.

La Fiscalía Europea tendrá competencias para investigar y perseguir los delitos que afectan al presupuesto de la UE, como la corrupción o el fraude con fondos de la UE, o el fraude del IVA transfronterizo.

La actual propuesta de modificación del Reglamento 883/2013 tiene por objeto garantizar que la OLAF se convierta en un socio cercano y fiable de la Fiscalía Europea, y que siga llevando a cabo investigaciones administrativas que complementen el trabajo de la Fiscalía Europea. La OLAF, por lo tanto, seguirá desempeñando un papel esencial en la protección de los intereses financieros de la Unión. La Fiscalía Europea y la OLAF trabajarán en estrecha colaboración para garantizar —a través de sus respectivos mandatos, distintos pero complementarios— que se utilizan todos los medios disponibles para luchar contra el fraude y proteger el dinero de los contribuyentes.

En los Estados miembros que participan en la Fiscalía Europea, las investigaciones de la OLAF se centrarán en facilitar la recuperación administrativa y evitar daños ulteriores a las finanzas de la UE a través de medidas administrativas. Ello servirá para completar el enfoque penal de la Fiscalía Europea, en estrecha consulta, si es preciso, con la Fiscalía Europea. Cuando descubra la existencia de posibles delitos, la OLAF informará sin demora a la Fiscalía Europea y, previa solicitud de esta, apoyará sus investigaciones.

La OLAF seguirá también investigando las irregularidades no fraudulentas (que escapan a la competencia de la Fiscalía Europea) en todos los Estados miembros. En 2016, estas irregularidades representaban el 93 % de todas las irregularidades comunicadas, con un impacto financiero de aproximadamente 2 580 millones de euros [1]. Por otra parte, la OLAF seguirá con sus investigaciones sobre el fraude y la corrupción en los Estados miembros que no participen en la Fiscalía Europea.

En este sentido, la propuesta introduce en el marco jurídico de la OLAF las disposiciones necesarias para regular el intercambio de información con la Fiscalía Europea y el apoyo a sus investigaciones, de modo que se garantice la complementariedad de las acciones emprendidas y la no duplicación del trabajo de investigación. La modificación establece, además, una serie de aclaraciones limitadas pero importantes que contribuirán a reforzar la eficacia de las investigaciones administrativas de la OLAF, sobre la base de la reciente evaluación realizada por la Comisión. Se hará especial hincapié en los ámbitos concretos en que, hoy por hoy, la falta de claridad del Reglamento vigente genera obstáculos que dificultan la efectividad de las investigaciones de la OLAF. La modificación incluye normas destinadas a agilizar los controles e inspecciones sobre el terreno, que constituyen la piedra angular de las competencias de la OLAF y revisten una importancia capital a la hora de reunir las pruebas necesarias para demostrar o refutar las sospechas de un comportamiento ilegal. La modificación prevé conceder a la OLAF un acceso a la información sobre las cuentas bancarias que permita a este organismo identificar los flujos de dinero en que se articulan unas formas de fraude cada vez más sofisticadas, y proporcionar a la OLAF las herramientas necesarias para cumplir su mandato en el ámbito del IVA.

Antecedentes

La propuesta de hoy es otro paso adelante en los esfuerzos de la Comisión por reforzar la protección de los intereses financieros de la Unión, tras la adopción de dos importantes actos legislativos en 2017: el Reglamento por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea[2] y la Directiva sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal[3].

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[1] Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo: Protección de los intereses financieros de la Unión Europea — Lucha contra el fraude, Informe anual 2016, COM(2017)383 de 20.7.2017.

[2] Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12.10.2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea (DO L 283 de 31.10.2017, p.1).

[3] Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal (DO L 198 de 28.7.2017, p. 29).
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