He vendido bienes en los que he tenido pérdidas ¿Cómo funciona en el impuesto sobre la renta? id:43393
Cuando efectuamos la venta de bienes de nuestra propiedad se produce una ganancia o pérdida patrimonial que deberá reflejarse en la declaración de la renta del período.
Si se produce una pérdida esta se podrá compensar con ganancias del mismo período o con ganancias de los 4 años siguientes. Hay que distinguir entre las pérdidas generadas que se incluyen dentro de las rentas del ahorro, que son las que se generan por la enajenación de bienes, con independencia del periodo de generación y las pérdidas producidas por circunstancias que no se vinculen con bienes, que tributarán en la base imponible general.
Las de base imponible general se podrán compensar con las ganancias del mismo plazo y hasta el 25% de los restantes rendimientos del período. Lo que quede por compensar se realizará durante los 4 años siguientes de igual forma, es decir, en primer lugar con el saldo positivo de ganancias y pérdidas generadas en el año y en segundo lugar con el saldo positivo de rendimientos e imputaciones, con el límite del 25%.
Las pérdidas de bienes que se integren en la base del ahorro se compensarán con ganancias de bienes que se incluyan dentro de la base del ahorro del ejercicio y con el 15% de los rendimientos positivos que tributen en la base imponible del ahorro,en el periodo o en los 4 ejercicios siguientes.
Es necesario que sepamos que una buena táctica fiscal es hacer cálculos en diciembre sobre la situación real de las ganancias y pérdidas que tengamos, especialmente en las personas que realizan operaciones de bolsa o venta de participaciones de fondos. Si tenemos ganancias por las que tributar por bienes vendidos y dentro de nuestra cartera de valores tenemos algunos que si los vendemos darían pérdidas, sería conveniente la venta de estos para compensar las ganancias de los anteriores y no pagar a Hacienda. Las pérdidas de unos bienes se compensarán con las ganancias de otros, SIENDO IMPORTANTE TENER EN CUENTA EL PERIODO DE MANTENIMIENTO DE LOS BIENES.