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Ventas de acciones sin cotización

Por José Antonio Almoguera
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jalmogueramegaconsultinges/10/10/25
megaconsulting.net
jueves 11 de abril de 2019, 09:47h
He vendido acciones de mi empresa, que no cotiza en bolsa. ¿Cómo se considera esta venta en el Impuesto sobre la renta? id:44206
Ventas de acciones sin cotización
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En general la venta de acciones tributa dentro de las rentas del ahorro, cuando dichas acciones se hayan tenido en un periodo superior a un año.

Si el periodo de permanencia es igual o inferior a un año se incluirán dentro de la base general.

Valoración de acciones y participaciones no admitidas a negociación en un mercado secundario

En el valor de adquisición se establecen las siguientes características:

  • Grupos homogéneos se consideran transmitidos los que se adquieren en primer lugar (criterio FIFO).
  • El importe correspondiente a la enajenación de los derechos de suscripción se considera ganancia patrimonial para el transmitente en el período impositivo en que se produzca la citada transmisión, considerando como período de permanencia de los derechos el que corresponda a los valores de los cuales procedan.
  • Acciones parcialmente liberadas, el valor de adquisición es el importe realmente satisfecho
  • En las acciones liberadas su valor de adquisición se calcula repartiendo el coste total entre los valores antiguos y nuevos

El valor de transmisión, salvo prueba que el importe satisfecho se corresponde con el que efectuarían partes independientes, no puede ser inferior al mayor de:

  • Teórico del último balance aprobado
  • Resultante de capitalizar al 20 por 100 el promedio de los resultados (dividendo y reservas) de los tres ejercicios cerrados con anterioridad a la fecha de devengo del impuesto.

Ganancias patrimoniales de acciones adquiridas con anterioridad a 31 de diciembre de 1994, se reducen de acuerdo con lo establecido en la disposición octava de la ley 18/1991 del Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. La ganancia patrimonial se reduce:

  • Período de permanencia es el número de años que media entre la fecha de adquisición y el 31 de diciembre de 1994 redondeado por exceso.
  • Acciones sin cotización oficial Resto de elementos se reducen en 14,28 por 100 por cada año de permanencia.

Este beneficio se aplicará desde la fecha de adquisición al 19/1/2006.

Sección patrocinada por Degussa
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