Ocho de ellas se aprobaron en primera fase, ya que no alteraron el mercado de forma significativa. id:45043
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha autorizado nueve operaciones de concentración a lo largo del mes de abril, al no plantear problemas de competencia en los mercados analizados.
Concentraciones aprobadas en abril
Con fecha 2 de abril de 2019, el Consejo autorizó, en primera fase, la concentración consistente en la adquisición del control exclusivo de Solvia Servicios Inmobiliarios S.L.U., sobre la que previamente tenía control exclusivo Banco Sabadell, S.A., por parte de Lindorff Holding Spain, S.L.U., controlado en última instancia por el fondo de inversiones Nordic Capital Limited.
La operación notificada cumple los requisitos previstos por la LDC, al superarse los umbrales previstos en el artículo 8.1.b) de la misma.
El sector económico afectado es el sector inmobiliario, concretamente al mercado de intermediación inmobiliaria; así como, en menor medida, el mercado de gestión de recobros.
El 10 de abril de 2019, el Consejo autorizó, en primera fase, la adquisición por parte de Red Eléctrica Sistemas de Telecomunicaciones, S.A, filial de Red Eléctrica Corporación, S.A., del control exclusivo de Hispasat, S.A.
La operación cumple los requisitos previstos por la LDC al superarse el umbral de cuota de mercado establecido en el artículo 8.1.a) de la misma.
El sector económico afectado es el de las comunicaciones por satélite, dónde Hispasat desarrolla su actividad.
En fecha 11 de abril de 2019, autorizó el Consejo, en primera fase, la adquisición por parte de Gestora de Activos y Maquinaria Industrial, S.L.U. (GAMI) del control exclusivo de General de Alquiler de Maquinaria, S.A. (GAM).
La operación cumple los requisitos previstos por la LDC, al superarse los umbrales previstos en el artículo 8.1.b) de la misma.
El sector económico afectado es el alquiler de maquinaria y equipo para la construcción e ingeniería civil, en el que se encuentra activa la empresa adquirida.
Con fecha 16 de abril de 2019, el Consejo autorizó, en primera fase, el cambio del control de Phoenix International S.P.A., que deja de ser exclusivo de Chequers Partenaires, S.A. tras la entrada en el capital de Ambienta SGR, S.P.A.
La operación fue notificada al sobrepasar el umbral de cuota de mercado establecido en el art. 8.1.a) de la LDC.
El sector económico afectado es la fabricación de herramientas intercambiables para máquinas, en concreto, matrices para la extrusión de aluminio.
Con fecha 16 de abril de 2019, el Consejo autorizó, en primera fase, la adquisición por parte de Wishbone Acquisition Corp. del control exclusivo de Palladian Holdings, INC.
La operación notificada cumple los requisitos previstos por la LDC, al superarse el umbral establecido en el artículo 8.1.a) de la misma.
Su actividad se desarrolla en el sector de las tecnologías de la información, más en concreto el mercado de software de tecnologías de la información.
Con fecha 16 de abril de 2019, el Consejo autorizó, en segunda fase y tras un análisis en profundidad, la adquisición por parte de IDCQ Hospitales y Sanidad S.L.U. (perteneciente al Grupo QUIRÓN) del negocio sanitario de la “Clínica Santa Cristina” (CSC), único hospital con el que el Grupo competía en Albacete.
En primera fase, se concluyó que la concentración podía obstaculizar el mantenimiento de la competencia efectiva en parte del mercado nacional (Acuerdo de inicio de segunda fase de fecha 4 de octubre de 2018). Por ello, Quirón ha tenido que presentar ante la CNMC un paquete completo de compromisos, que ha sido sometido a sucesivos test de mercado con sus competidores; y que, en última instancia, han sido valorados por el Consejo como suficientes y proporcionados para compensar los riesgos de obstaculización de la competencia efectiva (
nota de prensa).
La concentración fue notificada por superar el umbral establecido en el artículo 8.1 a) de la LDC. El sector económico implicado en la operación es el de prestación de servicios de asistencia sanitaria privada.
En el
blog de la CNMC está disponible un completo
resumen explicativo de esta operación, incluido un cuadro resumen de los compromisos.
El 16 de abril de 2019, el Consejo autorizó, en primera fase, la toma de control exclusivo de Banco Caixa Geral, S.A. (BCG) por parte de Abanca Corporación Bancaria, S.A., mediante la adquisición del 99,79% de sus acciones.
La operación notificada cumple los requisitos previstos por la LDC al superarse el umbral establecido en los artículos 8.1. a y b) de la misma.
El sector económico es la prestación de servicios bancarios, en el que centran su actividad ambas partes. Además, están presentes de forma residual, en la distribución de seguros y en la gestión de planes y fondos de pensiones.
El 30 de abril de 2019, el Consejo autorizó, en primera fase, la adquisición por parte de Broadview Holding B.V. del control exclusivo de Formica Holdings USA, INC., Formica Holdco (UK) Limited y Formica (ASIA) Limited, que conjuntamente conforman Grupo Formica, que es en la actualidad propiedad de Fletcher Building Holdings Limited.
La operación cumple los requisitos previstos por la LDC para su notificación, al superarse el umbral establecido en el artículo 8.1a) de la misma.
El sector afectado por la operación es la fabricación de laminados decorativos, en el que ambas partes están presentes en España, y de forma residual el de elementos HPL (también denominados elementos de postformado o componentes panel basados en madera).
Con fecha 30 de abril de 2019, el Consejo autorizó, en primera fase, la toma de control conjunto de Compañía Española de Aislamientos, s.a., la Instaladora de Sistemas y Aislamientos, S.L. y Bricum Profesional, S.L. por parte de Abac Solutions (SCA) Sicar e Iniciativas Empresariales Sostenibles, S.L. Anteriormente, dichas sociedades estaban controladas en exclusiva por Iniciativas Empresariales Sostenibles.
La operación cumple los requisitos previstos por la LDC al superarse el umbral establecido en el artículo 8.1.b) de la misma. La operación afecta al sector de la distribución de materiales de construcción dirigidos a los propios profesionales del sector.
Normas y procedimientos de control de las concentraciones.
La CNMC evalúa las concentraciones en las que participan empresas con un volumen de negocios o cuota de mercado que supere determinados umbrales (
artículo 8 de la Ley de Defensa de la Competencia) para impedir operaciones que obstaculicen de forma significativa la competencia.
De acuerdo con la Ley de Defensa de la Competencia, dichos umbrales se establecen en función de:
- Si la empresa resultante adquiere o incrementa una determinada cuota de mercado (art. 8.1 a la ley 15/2007), que en el supuesto general es del 30% del mercado relevante (de producto y geográfico).
- Si supera un determinado volumen de negocios (art. 8.1 b), de forma que la suma de la facturación de ambas en el último ejercicio supere los 240 millones, siempre que al menos dos de los partícipes realicen individualmente un volumen de negocios superior a 60 millones de euros en España.
La Ley contempla también una serie de exenciones en algunos supuestos para el control de las concentraciones. Desde el momento en que se notifica la operación, la CNMC dispone de 1 mes para decidir si la aprueba (fase I) o inicia una investigación pormenorizada (fase II).
Más información sobre el procedimiento de análisis de concentraciones.
Listado de concentraciones de la CNMC.