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Se amplía la denuncia ante la fiscalía anticorrupción por un presunto delito de organización criminal contra Ada Colau, Gerardo Pisarello, Jaume Asens, Gala Pin, Vanesa Valiño, Laia Ortiz, Laura Pérez Castaño, y Eloi Badia
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Se amplía la denuncia ante la fiscalía anticorrupción por un presunto delito de organización criminal contra Ada Colau, Gerardo Pisarello, Jaume Asens, Gala Pin, Vanesa Valiño, Laia Ortiz, Laura Pérez Castaño, y Eloi Badia

Por la concesión de 3,4 millones de € en subvenciones y ayudas presuntamente irregulares

lunes 26 de abril de 2021, 10:52h
Los denunciantes recuerdan que Pisarello y Asens, al ser diputados en el Congreso, podrían verse sometidos a un proceso de suplicatorio para pérdida del privilegio de aforamiento. id:70929
Abogados Catalanes por la Constitución ha presentado una ampliación de la denuncia admitida en marzo de 2021 por la fiscalía anticorrupción en contra Ada Colau, alcaldesa de Barcelona, y varios miembros y exintegrantes del Ayuntamiento de Barcelona, por presuntos delitos de prevaricación, fraude en la contratación, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias.

La ampliación viene motivada por el presunto incumplimiento de su deber de abstención ante el posible conflicto entre sus intereses por parte de Ada Colau Ballano, Gerardo Pisarello, Jaume Asens, Gala Pin, Vanesa Valiño, Laia Ortiz, Laura Pérez Castaño y Eloi Badia, personas que pudieron formar parte de los órganos de decisión como la Comisión de Gobierno Municipal, en la concesión de subvenciones y firmas de convenios y contratos de estudios, informes o servicios con L’Observatori de Drets Humans (DESC) desde 2015.

Al parecer de los denunciantes, el motivo de su deber de abstención ante el posible conflicto entre sus intereses, como pertenecientes a tales asociaciones en sus dos primeros años de mandato y de responsabilidades públicas, de junio de 2015 a junio de 2017, y a la vez autoridades en la Administración Local, concedente de las mismas, y beneficiarios de subvenciones, tal y como establece la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 23.2. El código ético municipal que prohíbe esta mala praxis no fue aprobado por el pleno de Barcelona hasta el 30 de junio de 2017, precisamente a los dos años de haberse iniciado el mandato municipal por parte de las personas presuntamente implicadas.

Recordemos que en la denuncia presentada por Abogados Catalanes por la Constitución el 2 de marzo de 2021, se recogía la reiterada y presuntamente injustificada concesión de un conjunto de subvenciones por valor de 3.433.621 euros recibidas por el Observatorio DESC, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), la Alianza contra la Pobreza Energética (APE) e Ingenieros sin Fronteras (ESF), asociaciones todas ellas con las que Ada Colau y el resto de denunciados “han mantenido estrechos lazos personales y profesionales con anterioridad a ocupar los cargos”.

La motivación de la ampliación a la misma, presentada hoy, radica en la presunción de un posible delito de Organización Criminal o Grupo Criminal, según los criterios establecidos por la Fiscalía General del Estado, que incluyen entre otros, la existencia de un grupo de personas más o menos numeroso, el reparto de tareas o de papeles entre los miembros del grupo, una actuación prolongada en el tiempo o indefinida y la comisión de actos delictivos graves.

Las personas que según Abogados Catalanes por la Constitución podrían haber incurrido presuntamente en esta tipología delictiva son Ada Colau Ballano, Gerardo Pisarello, Jaume Asens, Gala Pin, Vanesa Valiño, Laia Ortiz, Laura Pérez Castaño, y Eloi Badia. Se da la circunstancia de que tanto Jaume Asens como Gerardo Pisarello son actualmente diputados en el Congreso, por lo que si en caso de procesamiento judicial, el caso llegaría al Tribunal Supremo, dada la condición de aforados de ambos.

Manuel Miro, portavoz de la asociación considera que “Las presuntas irregularidades detectadas y que son objeto de esta ampliación de la denuncia comprenden la reiteración en concesión de las subvenciones directas y continuadas en el tiempo, sin concurrencia pública, de forma recurrente y no excepcional y sin acreditar el interés público, y la falta de justificación del carácter extraordinario exigido por ley dado se conceden sucesivamente en el tiempo de forma ordinaria”.

Ante la afirmación de Colau de que esta subvención se inició en el periodo de Trías, Miro recuerda que: “Ambas atañen sólo al periodo del mandato de Ada Colau, y no al anterior mandato ya que esta subvención en ningún caso habría tenido entonces el carácter de recurrente, por tratarse de la primera ayuda otorgada por el Consistorio a las Asociaciones implicadas, y por la misma razón el ex alcalde Trías no se encontraría en situación de deber de obligada abstención o inhibición, al no haber tenido ninguna vinculación con el entramado asociativo aludido tanto en la denuncia en curso como en la ampliación presentada ahora”.

El pasado mes de marzo la fiscalía anticorrupción admitió una denuncia de Abogados Catalanes por la Constitución por la concesión de subvenciones presuntamente irregulares por valor de 3.433.621 euros, correspondiendo 1.201.892,66 euros, al Observatorio DESC, y 645.692,65 euros a Ingenieros sin Fronteras. Estas subvenciones fueron otorgadas para fines sobre los cuales el Ayuntamiento de Barcelona carece de competencias, por lo que se denuncian presuntas prácticas prevaricadoras, además de presuntos delitos de fraude en la contratación, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias.

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