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Cómo tributar si se generan ganancias con criptomonedas

Cómo tributar si se generan ganancias con criptomonedas
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jueves 16 de diciembre de 2021, 20:41h
Se trata de uno de los formatos de inversión más populares del momento, sabiendo que las criptomonedas son activos que se utilizan de manera sencilla y que suelen reportar grandes beneficios. Precisamente por ello, esta actividad cada vez está más regulada por las autoridades competentes. id:78894
Desde hace un tiempo, las criptomonedas se han convertido en los activos favoritos para muchas personas que han visto que con estas divisas se pueden generar bastantes beneficios. No obstante, al igual que ocurre cuando se consiguen otras ganancias o bienes, esta actividad cada vez se está regulando más por parte del Gobierno, de ahí que no hace mucho, se presentara el proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal relacionado con este tema.

Actualmente, las ganancias obtenidas con criptomonedas hay que declararlas, si bien, para llevar a cabo este trámite de la mejor forma posible, se recomienda siempre acudir a una asesoría fiscal, ya que son muchos los aspectos que aún no están bien definidos y pueden generar problemas fiscales graves a la larga.

¿Cómo es la tributación de estas divisas en España?

Antes de explicar cómo tributar con criptomonedas, es importante recordar que en España no es obligatorio presentar la Declaración de la Renta en el caso de que los ingresos que se hayan obtenido no superen los 1.000 euros. En caso contrario, sí habrá que hacerlo.

En base a esta última situación, si se obtienen ganancias con criptomonedas, habrá que incluirlas en la declaración, no así en el caso de las pérdidas, ya que esto es opcional.

Tal y como indican los expertos abogados Castellón, para añadir la renta con las criptomonedas, es esencial tener en cuenta la división en cuatro bloques esenciales.

Ganancias y pérdidas

En este caso se hace referencia a las ganancias o pérdidas por transmisión, es decir, aquí se deben incluir los movimientos de trading, compraventas o incluso permutas, entre otras cosas. Aquí se añadirían todos los movimientos típicos de intercambio de estas divisas.

Rendimiento

En los rendimientos de capital se encuentran los intereses, por ejemplo. Hay que aclarar que se hace referencia al uso de las plataformas para esta práctica, y que con ellas, se haya generado un gran rendimiento, generalmente de manera automática.

Sin transmisión

Las ganancias o pérdidas sin transmisión son aquellas tales como programas de referidos, hard forks o airdrops. Para entenderlo mejor, aquí no aparecen las criptomonedas en el wallet del usuario por un intercambio, sino que se tienen por otras causas, siendo las más habituales, contar con otros activos o recomendar una plataforma concreta.

Actividad

El cuarto bloque hace referencia a la actividad económica, o lo que es lo mismo, la minería. También aquí se incluye el trading o la compraventa de estas divisas para otras personas.

Sabiendo todo esto, hay que decir que, tanto los rendimientos de capital como las ganancias y pérdidas por transmisión, se deben tributar en la renta, teniendo diferentes porcentajes. Así, con 6.000 euros, el porcentaje a declarar es del 19%; mientras que el 21% es para los 44.000 euros siguientes; y para el resto, el porcentaje se fija en el 23%. Hay que decir que en este 2021 se ha añadido un cuarto tramo, que es a partir de 200.000 euros, y que se centra en el 26%.

Sanciones por no declarar

Según se refleja en el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de este año, las criptomonedas pueden presentar grandes riesgos fiscales, de ahí que cada vez se lancen más medidas para llevar un mayor control de esto.

En este sentido, hay que decir que no declarar las criptomonedas puede suponer multas de alrededor de 5.000 euros para aquellas personas que oculten la información a Hacienda, tanto del uso de estas divisas, como si se tienen en propiedad. Las autoridades establecen este tipo de infracciones tributarias como muy graves, sabiendo que también se sancionará si no se presenta la declaración correspondiente por medios oficiales.

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