www.economiadehoy.es
¿Se puede impugnar un testamento hecho ante notario?
Ampliar

¿Se puede impugnar un testamento hecho ante notario?

Por Martín Marco
x
noticiaseconomiadehoyes/8/8/22
economiadehoy.es
jueves 03 de agosto de 2023, 15:18h
Es bastante habitual que uno o varios herederos no estén de acuerdo con lo que se ha dejado escrito en el testamento. Hay veces que puede ocurrir que el documento no reúna los requisitos legales y es en estos casos cuando los propios herederos pueden impugnar, incluso si dicho testamento se ha hecho ante un notario. ID: 86853

Cuando se habla de impugnar un testamento se está haciendo referencia a una acción que puede llevarse a cabo por parte de los herederos al no estar de acuerdo con lo que se dice en el propio documento, ya sea en la totalidad del mismo o en parte de él.

Es en estos casos cuando hay que acudir a abogados de testamentos especializados, que sepan cómo actuar en este tipo de situaciones, sabiendo la legalidad de dicho documento y los requisitos formales que debe reunir.

¿Esta impugnación se puede hacer ante notario?

Es una de las preguntas más frecuentes que se suelen hacer los herederos que no están de acuerdo con los testamentos y la respuesta es sí. A pesar de que se haya hecho ante notario, este documento se puede impugnar, no obstante, suele ser una situación poco probable si bien, en el caso de que ocurra, es importante contratar los servicios de abogados herencias Málaga o cualquier otra ciudad que sean expertos en este tema.

Lo normal cuando se impugna un testamento ante notario es que haya fallos en las formalidades legales, es decir, que tenga algún defecto legal o formal, lo que puede ser un punto para que los herederos pongan en marcha esa impugnación.

¿Quién puede impugnarlo?

Es importante saber que cualquier heredero tiene la potestad de impugnar un testamento, siempre que no esté protegido por la legislación hereditaria. Lo cierto es que para realizar esta acción, lo único que habrá que hacer es elaborar una reclamación explicando las causas por las que se impugna, sabiendo que lo habitual es que la redacción de este documento se deje en manos de abogados herencias Sevilla especialistas en la materia, para contar con todas las garantías al respecto.

Dentro de las razones que se pueden emitir para impugnar un testamento, hay que destacar las siguientes que están recogidas en el Código Civil:

Preterición

La preterición se da cuando en el testamento, el testador no incluye a un heredero forzoso o un legitimario. Esto es ilegal, a no ser que se dé algún caso que recoge expresamente la ley. Hay dos formas de que haya preterición, la intencional que se da cuando el testador sabe que existe un legitimario y no lo nombra; la errónea, cuando el testador desconoce que existe un heredero forzoso.

Cuotas

Otro de los casos es cuando no se respetan las cuotas de legítima, es decir, el testador no incluye dichas cuotas que corresponden al heredero forzoso, lo que provoca que este pueda impugnar el testamento.

Incapacidad

En este caso se habla de incapacidad del testador, es decir, que no tenga la capacidad legal para otorgar el testamento, esto normalmente ocurre cuando los testadores son menores de 14 años o tienen problemas mentales.

Violencia, fraude o coacción

En cualquiera de los tres casos el testamento se puede establecer como nulo, por lo que se puede impugnar sin problema.

Injusticia

Aquí se habla de la desheredación injusta, lo que también permite al heredero invalidar e impugnar el testamento.

Redacción

Son situaciones en las que el testamento está redactado de forma defectuosa, independientemente del tipo de testamento que sea: abierto, cerrado o el ológrafo.

¿Cómo impugnarlo?

Para impugnar un testamento lo primero que se debe hacer es acudir a abogados herencias Valencia que sabrán cómo actuar en todo momento. En cualquier caso, es importante saber que el plazo para impugnar este documento es de 15 años, siempre contando desde la fecha del fallecimiento o cuando el heredero recibió la copia.

Para poder llevar a cabo el procedimiento, hay que presentar una demanda en el Juzgado de Primera Instancia del lugar en el que se produjo el fallecimiento. Precisamente por esto, es obligatorio que intervengan tanto el abogado como el procurador, convirtiéndose en figuras indispensables para obtener los mejores resultados.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios