El 13 de julio los hipotecados españoles con cláusula suelo en su contrato recibieron todo un cubo de agua fría por parte de la justicia europea tras conocerse la postura del abogado general. De sobra eran conocidos los repetidos reproches por parte de la Comisión Europea a la Ley Hipotecaria española, criticada por la falta de protección a los consumidores. No obstante, las últimas noticias que llegaron desde Luxemburgo (sede del TJUE) iban en una dirección completamente opuesta: denegar laretroactividad no es contrario al Derecho de la Unión.
Sin embargo, a pesar de lo contundente de la exposición de Mengozzi, el argumento que más ampollas levantó fue el que apuntaba a que una de las razones para negar a la retroactividad era el impacto negativo que esta podría tener en los balances de una banca actualmente débil, desde el punto de vista de la rentabilidad.
Habrá que esperar a que el TJUE dicte su sentencia final, aunque no parece que vaya a tener un final feliz para aquellos españoles con una hipoteca variable referenciada a euríbor.
Aún es posible recuperar parte de lo pagado de más
El hecho de que Europa se posicione en contra de la retroactividad no significa que todo esté perdido. En Luxemburgo únicamente se valoraba el hecho de si lo pagado hasta mayo de 2013, fecha en la que el Tribunal Superior dictó una sentencia que sentó doctrina, era susceptible de ser recuperado.
Siempre que seamos capaces de demostrar que no hubo transparencia en la aplicación de la cláusula suelo, podremos lograr la devolución de los intereses que en su día abonamos de más. Aunque se trate de una cuestión a priori un tanto subjetiva, existen tres puntos clave sobre los que podemos exigir esta devolución: