Economía

¿Qué ha pasado con la cláusula suelo?

Jueves 10 de noviembre de 2016
Los afectados por el suelo hipotecario conocieron en julio de este año la postura del Abogado General de la Unión Europea, el italiano Paolo Megozzi, sobre la retroactividad en la devolución de lo cobrado indebidamente por la cláusula suelo. A pesar de que la postura del letrado suele coincidir con el veredicto final del Tribunal de Justicia de la UEen un 90 % de las ocasiones, aún se desconoce la postura final del órgano judicial comunitario, que se espera aparezca antes de final de año, apuntan desde el comparador de hipotecas HelpMyCash.com.

¿Se ha perdido la guerra?

El 13 de julio los hipotecados españoles con cláusula suelo en su contrato recibieron todo un cubo de agua fría por parte de la justicia europea tras conocerse la postura del abogado general. De sobra eran conocidos los repetidos reproches por parte de la Comisión Europea a la Ley Hipotecaria española, criticada por la falta de protección a los consumidores. No obstante, las últimas noticias que llegaron desde Luxemburgo (sede del TJUE) iban en una dirección completamente opuesta: denegar laretroactividad no es contrario al Derecho de la Unión.

Sin embargo, a pesar de lo contundente de la exposición de Mengozzi, el argumento que más ampollas levantó fue el que apuntaba a que una de las razones para negar a la retroactividad era el impacto negativo que esta podría tener en los balances de una banca actualmente débil, desde el punto de vista de la rentabilidad.

Habrá que esperar a que el TJUE dicte su sentencia final, aunque no parece que vaya a tener un final feliz para aquellos españoles con una hipoteca variable referenciada a euríbor.

Aún es posible recuperar parte de lo pagado de más

El hecho de que Europa se posicione en contra de la retroactividad no significa que todo esté perdido. En Luxemburgo únicamente se valoraba el hecho de si lo pagado hasta mayo de 2013, fecha en la que el Tribunal Superior dictó una sentencia que sentó doctrina, era susceptible de ser recuperado.

Siempre que seamos capaces de demostrar que no hubo transparencia en la aplicación de la cláusula suelo, podremos lograr la devolución de los intereses que en su día abonamos de más. Aunque se trate de una cuestión a priori un tanto subjetiva, existen tres puntos clave sobre los que podemos exigir esta devolución:

  • Ni el banco ni el notario nos explicaron que en el contrato figuraba dicha cláusula ni sus efectos. Esto se une al hecho de que el suelo no suela figurar con este nombre en los contratos hipotecarios, sino que tendrá una variopinta cantidad de nombres como limitación del interés, túnel de interés o, en definitiva, cualquier expresión que venga a significar lo mismo.
  • La diferencia entre el suelo y el techo es muy alta. Del mismo modo que el suelo protege al banco, existe también un techo que protege al consumidor en el caso de una subida exponencial del euríbor. No hay una regla fija, pero si tenemos un suelo del 3 % y un techo del 20 %, es posible reclamar. También lo será si directamente no existe ningún techo, pero sí hay suelo.
  • La entidad no hizo entrega de ninguna oferta vinculante o la cláusula suelo no estaba en ella. Este documento es un resumen de las características principales que se firmarán en el notario días más tarde. Puesto que el suelo hipotecario tiene un efecto claro sobre la cuota mensual, esta debía ser recogida en dicho documento.

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