Economía

Anulada una hipoteca inversa que el BBVA firmó con un anciano de 85 años enfermo terminal

Jorge Fuset.
Lunes 19 de diciembre de 2016
A la muerte del anciano, su único hijo, que desconocía esta contratación, se vio obligado a malvender la vivienda hipotecada para hacer frente a la deuda

Una sentencia del juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha anulado una hipoteca inversa comercializada por el BBVA a un anciano de 85 años enfermo terminal. Según el acuerdo, el hombre recibiría un importe de 4.647,20 euros al mes por el resto de su vida a cambio de hipotecar un piso del barrio de Salamanca de Madrid valorado en más de un millón de euros.

En el juicio del caso, defendido por el abogado Jorge Fuset, director de Aporcentaje Abogados, se probó que al anciano (que falleció pocos meses después de firmar la hipoteca) no necesitaba ingresos adicionales a su pensión ya que tenía el inmueble pagado, disponía de una cartera importante de acciones en bolsa y saldos de cuentas corrientes suficientes. Máxime, con la poca esperanza de vida que le quedaba según los informes médicos.

La sentencia judicial condena al banco a pagar más de 650.000 euros por daños y perjuicios

Además, el banco también impuso al anciano una prima de seguros de más de 200.000 euros a través de la compañía aseguradora de la entidad (BBVA Seguros) con evidente conflicto de intereses según la propia sentencia.

La magistrada, Doña Lorena Ochoa Vizcaino, ha desestimado las alegaciones del BBVA entendiendo que el banco vendió al cliente el producto que quiso incumpliendo no solo la normativa bancaria sino también la normativa de mediación de seguros y la de consumidores.

El banco también impuso al anciano el pago por anticipado de una prima de seguros de más de 200.000 euros por si llegaba a sobrevivir a los 93 años

Más de 650.000 euros por daños y perjuicios

El hijo del anciano, que desconocía estas contrataciones, se vio obligado a mal vender la vivienda de su padre tras su fallecimiento para poder hacer frente a la hipoteca. Por todo ello la juez ha condenado al BBVA a pagar 664.526,74 euros, que incluyen los gastos de constitución y cancelación de la hipoteca, la prima de seguros y el perjuicio de malvender el inmueble.

Para Jorge Fuset, director del bufete especializado en reclamaciones Aporcentaje Abogados, “esta sentencia supone un hito en la nulidad de hipotecas inversas precisamente por el precedente judicial que significa”.

Se da la circunstancia, además, que el BBVA aprobó en 2015 un código de conducta donde se impone a los empleados de las sucursales la obligación de “ofrecer productos y servicios acordes a las necesidades financieras del cliente”, “proporcionar información clara y veraz advirtiendo de los riesgos teniendo en cuenta el cliente de que se trate”, “no colaborar en actuaciones ilícitas” y “evitar conflictos de interés”.

Sentencia completa descargar
Código de conducta del BBVA descargar