Las empresas que atraviesan dificultades deben realizar un profundo análisis de la situación económica de la sociedad, pero no únicamente con los datos que refleja el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, sino con las rentabilidades que ofrecen las diferentes unidades de negocio; de tal forma, que aquellas actividades de las que se obtengan beneficios, sean conservadas e impulsadas a través de mecanismos específicos que lo permiten, mientras que las que sean un lastre es necesario eliminarlas, para el saneamiento integral de la compañía mediante un Plan de Viabilidad.
En ocasiones, las empresas con excesivo endeudamiento esconden un negocio viable atrapado en una sociedad insolvente, en la medida en que el pago de la deuda ahoga la viabilidad del negocio. En estos casos, una opción aconsejable para garantizar la continuidad de la empresa consiste en transmitir la unidad productiva a una tercera sociedad en el marco de un concurso de acreedores, pues dicha transmisión impide la subrogación de deudas de la sociedad transmitente a la adquirente, con excepción de las laborales y de Seguridad Social.
En la práctica, la efectividad de dicha transmisión puede operar en pocos meses, en tanto que la normativa concursal favorece este mecanismo desde el primer momento de la declaración en concurso de la empresa deudora, configurando el proceso concursal como la vía idónea para lograr una transmisión del negocio a una tercera sociedad, sin riesgo de sucesión empresarial a efectos del endeudamiento.
Según Carlos Pavón, Socio Director de IURE Abogados: “el análisis de las causas que han podido llevar a una empresa a una situación de dificultad económica puede llevarnos a identificar una causa estructural que aconseje, como vía legal de actuación, el inicio de un proceso concursal de liquidación. Así, por ejemplo, la retirada de las ayudas gubernamentales que se establecieron de inicio para las empresas de energías renovables conllevó el inicio de procesos concursales de liquidación en aras de lograr un cierre ordenado de las empresas sin responsabilidad de sus órganos de administración, por las deudas insatisfechas”.
Un cierre ordenado a través del cauce de la liquidación concursal, habilita al empresario a poder comenzar una nueva andadura empresarial sin riesgo de sucesión y, por tanto, sin derivación de deudas de la empresa anterior, pudiendo participar incluso en la liquidación de la empresa adquiriendo activos de su interés a valor de liquidación.