La startup legalbono ha elaborado un decálogo con las 10 preguntas que responden a todas las dudas que cualquier persona que se encuentre en esta situación debe saber para recuperar su dinero:
Para poder reclamar las cantidades abonadas es fundamental que, como establece la Ley 57/68, la vivienda adquirida estuviera destinada a ser el domicilio familiar o a ser una segunda residencia, por ejemplo, una casa en la costa, que se adquiere sobre plano, bien antes de iniciar la construcción o durante la misma, y en la que el promotor y/o vendedor solicitó dinero por anticipado antes de la entrega.
En el caso de que se trate de locales comerciales o naves industriales no existe la posibilidad de reclamación.
Lo más importante es que se trate de una vivienda adquirida antes del 1 de enero de 2016. Para poder presentar la reclamación es necesario demostrar que tienes una relación contractual con el promotor, que la propiedad nunca fue entregada y que has realizado ingresos en una cuenta abierta por el promotor en una entidad bancaria. La ley establece que la cuenta debe ser independiente y abierta por el promotor para la construcción de las viviendas, sin embargo basta con que el promotor sea el titular.
Los documentos indispensables que deberás aportar son el contrato de compraventa del inmueble, los justificantes de los ingresos realizados y el justificante del incumplimiento de la promotora de la entrega del inmueble en el plazo convenido.
Las reclamaciones pueden presentarse directamente en el banco que recibió las cantidades abonadas para la compra de la vivienda.
Las acciones deberán emprenderse antes del 6 de octubre de 2020. Si no, prescribirán.
El tiempo de resolución depende en gran medida de la vía de reclamación que efectivamente proceda. Si se trata de una reclamación extrajudicial al banco puede tardar en resolverse aproximadamente un par de meses. En cambio, si el proceso se realiza por vía judicial puede durar unos dos años.
La resolución del contrato supondrá que puedas reclamar las cantidades satisfechas hasta el momento junto con los intereses correspondientes.
Lo más recomendable es poner el caso en manos de un abogado especializado en la materia de forma inmediata.
En un 99% de los casos, los afectados recuperan todo su dinero.
legalbono se encuentra actualmente tramitando cientos de casos pero otros ya se han resuelto, como el de Sue Doyle, “Después de 11 años pensé que no había esperanza. Perdimos todos nuestros ahorros al comprar una casa de veraneo en España que nunca llegamos a recibir, pues la promotora entró en concurso sin previo aviso”. Después de contactar con legalbono, y tras acudir a una notaria en Reino Unido para hacer un poder, inició su reclamación bajo su representación. Otro caso de éxito fue el de José María Estévez que asegura que “la compra de nuestra casa se convirtió en una pesadilla y pensé que el dinero que habíamos invertido estaba perdido. Un amigo me habló de legalbono y decidimos contactar con otros afectados de la promoción inmobiliaria para presentar una reclamación conjunta. Meses después, recuperamos nuestro dinero.”
No, existen unos 600.000 afectados, tanto españoles como extranjeros, principalmente ingleses y alemanes.