Economía

El Juzgado de Navalcarnero anula una hipoteca multidivisa de Barclays Bank S.A

Viernes 16 de febrero de 2018
Tras la Sentencia, la deuda en yenes se reconfigurará en euros desde el inicio del préstamo y se devolverán todos los cobros excesivos que haya pasado Barclays Bank al cliente bancario.

Según la resolución judicial, el afectado, de profesión bombero, ha ganado su demanda contra Barclays Bank por hipoteca multidivisa, banco al que reprochaba venderle un préstamo hipotecario sin haberle advertido de los riesgos que esta modalidad implicaba.

La Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Navalcarnero ha estimado que las cláusulas referentes a la hipoteca multidivisa no superan el filtro de transparencia, lo que determina que deba declararse su nulidad.

Las hipotecas multidivisas se comercializaron en varios bancos, entre 2004 y 2008, en un periodo en que el euro era muy fuerte en comparación con otras divisas, como el yen japonés o el franco suizo.

Esta situación hizo que este tipo de préstamos fueran una opción atractiva, teniendo en cuenta el elevado tipo de interés que se aplicaba en aquel momento a las hipotecas.

Pero esta ventaja también acarreaba un gran riesgo en caso de que se revalorizara la divisa escogida, ya que no solo aumentaba el importe de la cuota mensual, sino que también se trasladaba al capital pendiente de la hipoteca.

El fallo recoge que el afectado pidió 163.000 euros en yenes japoneses en noviembre de 2007. El bombero conoció la publicidad de Barclays Bank sobre la multidivisa y en la sucursal le expusieron las muchas ventajas de este producto con un ahorro consiredable en la cuota. No se hicieron simulaciones de escenarios adversos para los intereses del cliente bancario.

El dictamen judicial menciona que Barclays Bank se opuso a la demanda argumentando que el bombero era conocedor de los riesgos, que se le habían enviado recibos y que el préstamo lo solicitó el. Así mismo, recordó que este producto no es un derivado financiero y se cumplieron las normas de transparencia por haber información verbal de los empleados del banco, y por cuanto el notario, leyó la escritura de constitución del préstamo multidivisa.

La Juez, María Rubio Sánchez, no tuvo por acreditadas ninguna de las alegaciones de la entidad. Admitió que no fuera aplicable la normativa MiFID, pero consideró este producto complejo y como tal, difícil de entender para un consumidor medio, que se había colocado con opacidad.

Según la letrada que ha defendido al perjudicado, Magdalena Rico Palao, de la plataforma www.eliminarhipotecamultidivisa.es, Barclays Bank no ha podido acreditar que entregara simulaciones, ni folletos informativos, ni oferta vinculante. Tampoco que explicara claramente los riesgos al consumidor.

Para el criterio de la Letrada mencionada, se han desmontado todas las argumentaciones del banco basándose en una gran cantidad de jurisprudencia, tanto del Supremo como de Audiencia. El fallo es favorable al consumidor, concluyendo que faltó transparencia y diligencia en la información.

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