Esta demanda, que va a dirigida tanto a sus asociados como a los consumidores en general, es consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional de 21 de diciembre de 2017, por la que se anuló la autorización del derecho de cobro al sistema gasista del importe de la indemnización de 1.350 millones de euros. Esta cantidad fue la pagada a la empresa Escal UGS por la “hibernación” del proyecto de las instalaciones de almacenamiento subterráneo Castor.
Hasta ahora, la CNMC ha paralizado el pago de las liquidaciones a los bancos con derecho a ese cobro (Santander, La Caixa y Bankia), ya que estos habían financiado el pago de la indemnización a través de la empresa pública Enagas, gestor técnico designado por el gobierno para esa operación.
“La nulidad de estos artículos es demoledora y no admite fisuras ni consideraciones alternativas. Así, sus efectos implican que cada una de las partes afectadas debe volver a la posición que tenía al principio, por lo que los usuarios de gas natural en España tienen derecho a que se les abonen las cantidades que les han cobrado en sus recibos por ese concepto”, explica Albert García Borrás, presidente de ACOREO.