Entre las novedades del reglamento, el RGPD fija en los 16 años la edad mínima para acceder a redes sociales. ARAG advierte que la legislación propia de cada país la podrá rebajar. Según la abogada especialista en protección de datos y directora de la Asesoría Jurídica Corporativa de ARAG, Belén Pose, “en el caso de España está previsto hacer uso de esa facultad y rebajar en un año más, es decir hasta los 13, el límite que hasta ahora es de 14 años”. Hasta dicha edad todos los usuarios necesitan el consentimiento de sus progenitores o tutores para acceder a plataformas tan conocidas como Facebook, Instagram o WhatsApp.
El Reglamento General de Protección de datos también sienta las bases para una legislación más homogénea sobre el derecho al olvido. A partir de la aplicación real, los ciudadanos podrán reclamar la eliminación de cualquier lista de resultados online, informaciones o datos que les afecten directamente “en el caso que sean obsoletas, falsas o no tengan interés público”, puntualiza la abogada de ARAG. Además la norma específica que en los casos graves de violación de seguridad de los datos las compañías deberán informar a sus clientes y/o usuarios en un plazo máximo de 72 horas.
ARAG recuerda que con la aplicación del nuevo reglamento, los usuarios disponen de más derechos ante las empresas que gestionan sus datos personales. A partir del 25 de mayo se deberá facilitar a cualquier cliente quién es el responsable de custodiar dicha información, con qué finalidad y durante cuánto tiempo. Además, se podrá pedir la portabilidad de datos de una compañía a otra de manera que sea siempre el ciudadano quien tenga el control sobre la información que gestionan terceros.
Nota de prensa ARAG ayuda a conocer el nuevo RGPD para mejorar la seguridad de todos publicada en comunicae.es