Entre los beneficiarios se pueden encontrar tanto sociedades cooperativas andaluzas como sociedades agrarias de transformación y cualquier otra entidad económica que cumpla los requisitos establecidos en la orden, que establece a su vez novedades respecto a las de años anteriores, como la ampliación del plazo de solicitudes hasta el 15 de septiembre.
El apoyo de la Junta de Andalucía a los procesos de integración y fusión de entidades asociativas se pone de manifiesto en la ampliación de la cuantía máxima de la ayuda, que se fija en 200.000 euros tanto para integración como para fusión, mientras que en el año anterior se establecía en 100.000 euros para las primeras y 150.000 euros para las segundas. Igualmente se incrementa el porcentaje de la subvención con carácter general, hasta el 80% de los gastos subvencionables.
En este sentido, de cara a los procesos de integración se establece el 60% de los gastos subvencionables, mientras que para la fusión es del 70%. En ambos casos puede incrementarse un 10% adicional si la entidad constituida está reconocida como Entidad Asociativa Agroalimentaria de Andalucía o como Entidad Asociativa Prioritaria Suprautonómica. Para los casos de integración también se contempla otro 10% más adicional si todas las entidades que forman parte de la integración cuentan en sus órganos de administración con mujeres y jóvenes.
Los incentivos cubren, entre otros gastos, las inversiones dirigidas a la primera aportación de capital social, la elaboración de estudios de viabilidad, los gastos de personal hasta tres personas, la implantación de herramientas propias de la Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) y los gastos de formación en comercio exterior y/o en competencias y habilidades directivas, así como los gastos de misiones comerciales.