5 derechos que tiene el inquilino
Con la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, aunque el usuario firme un contrato de alquiler de un año, puede darlo por terminado a los 6 meses de la firma. Eso sí, siempre que se le comunique al arrendador con una antelación mínima de 30 días. Además, si se desea, el contrato de arrendamiento podrá prorrogarse anualmente tres años, salvo que el casero (o sus familiares en primer grado por consanguinidad o cónyuge) necesite el inmueble para vivir en él permanentemente.
Esto quiere decir que se tendrá preferencia a la hora de comprar la vivienda si el arrendador decide ponerla en venta. Eso sí, existe la opción de acordar en el contrato de alquiler la exclusión de esta norma.
Como inquilino, también se tiene derecho a pedir al casero que repare todo aquello que sea necesario para que la vivienda se conserve en condiciones óptimas de habitabilidad. Pero, ¡ojo! El propietario no se hará cargo de deterioros derivados del uso diario que se haga en la vivienda. Tampoco de roturas provocadas por mal uso.
Muy importante: una vez iniciada la relación de alquiler, el casero no podrá entrar en la vivienda arrendada sin permiso. De ser así, el inquilino tiene derecho a denunciarlo por violar su privacidad, recalca reclamador.es.
Se tiene derecho a recuperar la fianza depositada al comenzar el contrato de alquiler, siempre y cuando la casa quede en buenas condiciones y sin pagos pendientes.
5 obligaciones que tiene el inquilino
Antes de comenzar a vivir en el nuevo hogar hay que realizar el pago de una fianza. El importe a pagar, por lo general, es el mismo que el de una mensualidad de la renta de alquiler.
El inquilino debe cumplir mensualmente con la renta del alquiler establecido en el contrato de arrendamiento. El pago deberá efectuarse (salvo pacto en contrario) durante los primeros 7 días del mes, como norma general. Siempre en el lugar y por el procedimiento acordado por ambas partes. Normalmente, los pagos del alquiler se realizan por transferencia bancaria.
El inquilino tiene la obligación, recuerda reclamador, de dejar la vivienda en las mismas condiciones que tenía cuando entró a vivir en ella. De lo contrario, puede perder la fianza abonada.
Otra de las obligaciones del inquilino será la de comunicar al casero la realización de las reparaciones que sean oportunas para conservar la habitabilidad de la vivienda. A este deber va ligado el de permitir la entrada a la vivienda al propietario y al personal que sea necesario para la realización de dichas reformas.
Por último, es conveniente conocer que como inquilino no se puede realizar obras que provoquen inestabilidad o inseguridad en la vivienda. De igual manera, no se podrán llevar a cabo actividades molestas, ilegales, nocivas o peligrosas.
5 derechos que tiene el casero
Además, el casero tendrá derecho a recibir una fianzacomo garantía de que la vivienda le será devuelta en las mismas condiciones en las que se entregó al inquilino.
La cantidad de esta fianza, por lo general, será equivalente a una o a dos mensualidades de la renta. Aunque hay ocasiones en las que se pide más. Especialmente si la vivienda tiene mucho valor. Todo ello será negociable a la hora de redactar y firmar el contrato de arrendamiento.
Ya sea por un uso indebido del inmueble o por consecuencia del uso diario. No obstante, los daños estructurales del inmueble o los causados por otros vecinos que afecten a la habitabilidad de la vivienda, deberán ser sufragados por el casero.
Muchos de los contratos de alquileres de vivienda que se formalizan cada año en España son de larga duración. Por ello, reclamador.es afirma que es conveniente que el arrendador introduzca en el contrato una cláusula que le permita modificar la cuantía de la renta cada año. Si no se introduce dicha cláusula en el contrato, el casero deberá cobrar el mismo importe en concepto de renta durante la duración del contrato. Esto le puede ocasionar un gran perjuicio, ya que es muy probable que el mercado del alquiler se encarezca y el casero no pueda aumentar el precio ni finalizar el contrato hasta pasados 3 años de la firma.
La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos 3 años de duración del contrato, le dará derecho al aumento de la renta aunque no estuviese pactado en contrato.
Eso sí, el casero tendrá que comunicárselo al inquilino con, al menos, 30 días de antelación y, en cualquier caso, apelando a la cláusula de necesidad. Esto es, que se tiene la necesidad de disponer de la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí mismo o para sus familiares.
O bien, si este subarrienda la vivienda sin el consentimiento del propietario o si el inquilino hace obras sin permiso. También, cuando el inquilino realice en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.
5 obligaciones que tiene el casero
El casero tendrá que mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad durante el tiempo que dure el contrato de alquiler.
Por ejemplo, deberá encargarse de averías en las instalaciones eléctricas del inmueble o de la caldera. El arrendador tendrá que reparar los daños o, por su parte, pagarle al inquilino los costes que él haya adelantado.
El casero no podrá entrar en la vivienda sin previo aviso al inquilino. Tampoco podrá causar cualquier tipo de molestia al mismo.
Cuando cambie la cantidad de la renta de alquiler, el propietario debe comunicárselo al inquilino con un mes de antelación como mínimo. Además, deberá justificar todos aquellos gastos que provoquen el aumento del alquiler pactado inicialmente.
El casero deberá garantizar al inquilino que ningún tercero reclamará judicialmente la posesión o utilización de la vivienda por disponer de mejor derecho.