Las ofertas de formaciones están muy centradas en el conocimiento y práctica de “terapias manuales” como quiromasaje, osteopatía, drenaje linfático, etcétera., pero son formaciones que no ofrecen un título con validez académica y no permiten ejercer una actividad profesional, que está reservada a los profesionales sanitarios y más concretamente a los Fisioterapeutas. Además, el ejercer la actividad de Fisioterapia sin la posesión del título supondría la comisión del delito de intrusismo recogido en el código penal.
Incluso se atreven a hacer una comparativa de horas formativas por materias que se dan en las facultades de Fisioterapia y las que se dan en sus academias, siendo muy favorable para estos últimos con una clara desinformación y haciendo uso de una actitud perversa. Así es como se ha dirigido una de las entidades que asocia a los practicantes de Métodos Naturales de Salud para captar alumnos, devaluando la profesión en favor de sus supuestas “bondades”.
Es muy normal, y ya se está acostumbrado, acompañar la oferta de formación con la posibilidad de que con el título obtenido pueden darse de alta como autónomo y al amparo de un epígrafe en el IAE en Hacienda y pagar el IVA correspondiente. Y a partir de estas circunstancias montar su establecimiento y ofertar al ciudadano sus servicios profesionales y, en este caso, de carácter sanitario, es decir, con referencia a la salud del ciudadano.
Por ello informan que ni el alta en Hacienda ni el pago del IVA autorizan a montar un establecimiento sanitario, ni al ejercicio de una actividad sanitaria.
Por todo ello, previenen a los futuros alumnos, y a la sociedad en general, que tengan cuidado y que no se dejen atraer por promesas de futuros brillantes que luego caen en la frustración y el engaño. No existen en España profesiones como las que venden, porque esos conocimientos ya están regulados y concretados en los Grados Universitarios de Fisioterapia, ya que la Fisioterapia es una profesión sanitaria, titulada, regulada y colegiada, con un campo propio de actuación tal como se prevé en la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias.
Las instituciones colegiales tienen la obligación delegada de defender la salud de los ciudadanos, lo que los lleva a denunciar cualquier oferta de servicios sanitarios que no están controlados por profesionales sanitarios que son los únicos que pueden ofrecer seguridad y calidad en los servicios que prestan. Para ello, no dudarán con toda firmeza en seguir poniendo en conocimiento de las autoridades competentes las situaciones irregulares y las estimaciones legales que a tal efecto sean necesarias.