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Constancia de Retenciones ¿Qué es y para qué se necesita?

México: Impuestos: Constancia de Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito al Salario y Subsidio para el Empleo

Redacción | Martes 19 de febrero de 2019

Para evitar problemas con el SAT hay que cumplir con todas las obligaciones que exige con la Facturación Electrónica 3.3. id:42045



Una de la más importante es la relacionada al timbrado de recibos de nómina y la constancia de retenciones.

Aquí te explicaré lo más importante que debes saber de este tema.

¿Qué es la Constancia de Retención de Impuestos?

La Constancia de Retenciones es un documento en el que se desglosa la percepción anual del trabajador, así como el desglose de sus prestaciones y el importe de los impuestos retenidos.

El nombre correcto es Constancia de Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito al Salario y Subsidio para el Empleo.

Se le conoce de esa manera puesto que los patrones proporcionan dicho documento a sus trabajadores con la finalidad de que estos puedan realizar su declaración anual de impuestos.

Además también podrán solicitar la devolución de los impuestos retenidos, mismos se muestran en el desglose del segundo apartado de mencionada constancia:

Aquí un ejemplo de una constancia de retenciones:

¿Quién Emite la Constancia de Retenciones?

El patrón es el único que entrega esta constancia.

Los patrones estaban obligados a entregar esta constancia a sus trabajadores, pero a partir del 2018 esto ya no es obligatorio entregarla.

Con la entrada en vigor de la CFDI 3.3, las empresas deben timbrar la nómina, ya sea a través del sistema del SAT o de un Sistema de Facturación Electrónica como los que evalué en este artículo de Facturación-e.

Con lo anterior al final del año el SAT tendrá el acumulado de lo que cada trabajador percibió de ingresos durante el año.

Al no estar obligado el patrón actualmente, el empleado tiene la plena decisión de solicitar dicho documento para la realización de su declaración anual

La declaración anual tampoco ya corre por obligación del patrón, sino del trabajador.

¿Para qué Necesitas la Constancia de Retención?

Cuando tienes ingresos por honorarios y/o sueldos asimilados a salarios, en el primer caso, estás obligado a realizar declaración anual; mientras que en el segundo, es opcional y estarás haciendo el cálculo del ISR.

Cuando estás bajo los 2 regímenes si estarás obligado a realizar tu declaración.

En ambos casos tienes la oportunidad de recibir una devolución de tus impuestos (IVA y/o ISR) si es que cuentas con algún saldo a favor.

Si no es de tu interés puedes optar por compensación pero recuerda que a partir de este año solo puedes compensar sobre el mismo impuesto y no de manera universal como era hasta el 2018.

Elementos que Contiene la Constancia

Al solicitar tu constancia de retenciones debes revisar que tus datos fiscales y tus ingresos, como retenciones, estén correctos para que te sirva como un documento comprobatorio de lo que estás declarando es la cantidad real.

Esta la utilizarás sólo si no coincide tu saldo con el que SAT tiene en su base de datos, sin embargo esto tiende a suceder si la persona moral declaro cifras distintas sobre tus retenciones

Los datos importantes son:

  • Datos fiscales del trabajador.
  • Datos fiscales del empleador.
  • Montos del importe percibido en el período laboral y el monto de retención total.
  • Sello de la empresa y/o firma del representante legal.
  • Otro dato muy importante es que debe llevar la siguiente leyenda: “Se declara, bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente constancia, fueron manifestados en la respectiva declaración informativa (múltiple) del ejercicio, presentada ante el SAT con fecha ___________ y a la que le correspondió el número de folio o de operación ________&_____, así mismo, SI ( ) o NO ( ) se realizó el cálculo anual en los términos que establece la Ley del ISR”.

Los formatos que te servirán como comprobatorios de tus ingresos son:

  • Formato 37 A, que es una constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS. Descargar AQUÍ
  • Formato 37, Constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo. (Incluye ingresos por acciones). Descargar AQUÍ

¿Cuándo Solicitar la Constancia de Retención?

Regularmente las empresas cuando estaban obligadas a entregar la constancia debía ser los últimos días del ejercicio o en su caso inicios del mes de febrero.

Recuerda, lo ideal es tenerla en diciembre ya que muchos empleados terminan su relación en ese mes y regresar por la constancia más adelante generaría gastos que bien te puedes evitar.

¿Cuánto Cuesta la constancia de Retención?

La Constancia de Retención no cuesta NADA.

Esta constancia al ser generada por medio de la Declaración Informativa Múltiple, en sus siglas DIM, que es un programa proporcionado por el SAT de manera gratuita, no genera costo para la empresa y por ende tampoco para el empleado.

La DIM se realiza en la plataforma que bien puedes hacer en línea o bajarla a tu cómputo para hacer la declaración y más adelante subirla por internet a través de la página correspondiente del SAT.

Periodo de Resguardo de la Constancia

A pesar que no existe como tal un artículo en la ley que especifique el tiempo de resguardo de este documento, ya sea porque se le dé algún tratamiento especial, te recomiendo tenerlo en un expediente físico por lo menos 5 años

Para tener la seguridad que difícilmente este documento dejará de existir por alguna pérdida, escanea tus constancias y guárdalas en un dispositivo electrónico o directamente a tu nube o correo electrónico.

Conclusión:

La Constancia de Retenciones es una Obligación Personal de los trabajadores para poder realizar en tiempo y forma la declaración anual.

Sin importar el tipo de régimen al que pertenezcas, todos tenemos la obligación de declarar nuestros ingresos y egresos, así como realizar el pago de nuestros impuestos ó bien reclamar la devolución de nuestras retenciones.

Con la contabilidad electrónica, la forma de cumplir con nuestras obligaciones fiscales es más sencillo, pero si tienes dudas siempre puedes acudir con un especialista o bien comunicarse a las líneas del SAT 627 22 728 desde la ciudad de México, o 0155 627 22 728 del resto del país.

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