Economía

Gastos actividad económica

Consultorio fiscal de José Antonio Almoguera ofrecido gracias al patrocinio de Degussa

José Antonio Almoguera | Lunes 29 de abril de 2019
Empiezo una actividad económica y quisiera saber ¿qué gastos son deducibles en estimación directa? id:44834

Para determinar el rendimiento neto de la actividad se restarán a los ingresos de la actividad, los gastos necesarios para la obtención de ingresos y los correspondientes al deterioro de los bienes afectos.

Hay que recordad la necesidad de tener la factura correspondiente y poder justificar, en caso de que nos lo soliciten, que es necesario para la actividad.

Si realizamos la actividad económica en nuestro domicilio, los consumos que tengamos serán deducibles en un porcentaje que resulte de multiplicar el 30% al porcentaje de afección de la vivienda habitual. Por ejemplo, si ejercemos la actividad en el 50% de la vivienda el porcentaje de deducción de los consumos será el 15% (30% del 50%).

También hay que recordar los gastos de manutención serán deducibles siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Se realicen en establecimiento de restauración y hostelería.
  • Obligatorio que se abone mediante medios electrónicos de pago y nunca en efectivo.
  • Cuando no se pernocte no puede superar 26,57€/día en España y 48,08 €/día en el extranjero. Si se pernocta se duplican los límites.
Sección patrocinada por Degussa

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