La CNMC analizará los posibles obstáculos a la competencia en el mercado nacional de fabricación y venta de cemento blanco y en el mercado ascendente de clínker para la producción de cemento blanco. id:48399
La CNMC ha acordado iniciar la segunda fase en el procedimiento de autorización de la compra de activos de Cemex España por Çimsa Çimento Sanayi Ve Ticaret. Se inicia sí un periodo de dos meses durante los cuales se analizarán en profundidad los posibles obstáculos al mantenimiento de la competencia efectiva en el mercado nacional de fabricación y venta de cemento blanco y en el mercado ascendente de clínker para la producción de cemento blanco
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C/1052/19).
Con fecha 5 de julio de 2019 tuvo entrada la notificación de la c adquisición por parte de Çimsa Çimento Sanayi Ve Ticaret del negocio de cemento blanco de las sociedades Cemex España Operaciones, Cemex, S.A.B. de C.V. y Cemex España., excluyendo determinados activos.
Tras analizar la operación y consultar a diversos operadores, el análisis en primera fase de la CNMC permite concluir que la operación de concentración notificada es susceptible de tener efectos sobre la competencia en el mercado de la fabricación y venta de cemento blanco, así como en el mercado ascendente de clínker para la producción de cemento blanco. Los riesgos asociados a la operación son muy dispares según el ámbito geográfico considerado, por lo que se deberá determinar si se trata de un mercado de dimensión nacional o supranacional.
Además, en términos de concentración del mercado, existen dudas razonables sobre los riesgos que puede entrañar la operación. Se trata de un mercado ya de por sí con pocos operadores, por lo que esta adquisición redundaría en un mayor poder de negociación de los fabricantes respecto a sus clientes, con el riesgo de que se produzca un incremento de precios como resultado de la operación.
Por otra parte, se considera necesario confirmar también la dimensión geográfica relevante del mercado de fabricación y comercialización de clínker (utilizado en la producción de cemento blanco), en el que están presentes las partes, con el fin de valorar adecuadamente el solapamiento vertical de la operación.
En consecuencia, la CNMC ha acordado iniciar la segunda fase del procedimiento. Considera que la citada operación de concentración puede obstaculizar el mantenimiento de la competencia efectiva en el mercado de cemento blanco así como en el mercado ascendente de clinker.
Periodo de alegaciones En el marco de esta segunda fase, la CNMC valorará en profundidad los posibles obstáculos que para el mantenimiento de la competencia efectiva en los mercados analizados que plantea la presente operación. Para ello, en los próximos días se publicará en la página web de la CNMC una nota sucinta dirigida a informar a las personas físicas o jurídicas que puedan resultar afectadas por esta concentración y al Consejo de Consumidores y Usuarios. Las alegaciones podrán presentarse en un plazo de 10 días.