La respuesta a esa pregunta no es sí o no, es depende. Depende del año en el que se firmó la hipoteca y, entre otras circunstancias, los intereses que se aplicarían en cada momento en caso de amortizar.
Préstamos hipotecarios firmados antes del año 2013
Si el préstamo es anterior al año 2013 seguramente no compense quitarse la hipoteca con el premio de la Lotería de Navidad. ¿Por qué? Porque los hipotecados con préstamos anteriores al 1 de enero de 2013 pueden desgravarse un 15% de lo pagado al año por la hipoteca, con un máximo de 9.040€. Por lo tanto, el afortunado deberá hacer números y asesorarse bien.
En este caso, reclamador.es, explica que sería interesante estudiar la posibilidad de realizar aportaciones anuales para amortizar la hipoteca sin llegar a cancelar totalmente el préstamo. Cada situación es diferente y conviene examinar detenidamente las opciones antes de dar cualquier paso.
Hipotecas posteriores a 2013
Aquellos hipotecados que han tenido la fortuna de ser uno de los grandes agraciados del sorteo, y su hipoteca sea posterior a la fecha ya señalada (1 de enero de 2013), deberán acudir a las escrituras de su préstamo y comprobar las comisiones por cancelación total o parcial. Estas comisiones, como la de amortización, suelen variar según los años pasados desde la formalización del préstamo, por lo que reclamador.es aconseja analizar bien las escrituras, pues es posible que compense esperar unos meses o años para dar el paso de amortizar total o parcialmente la hipoteca.
Incluso, hay que tener en cuenta que, con el Euribor tan bajo, dependiendo del tipo de interés firmado, es posible que sea más rentable esperar, invertir ese dinero en otros productos que ofrezcan rentabilidad y cuando el Euríbor suba plantearse si es buen momento de utilizar esos ahorros para quitarse la hipoteca.
¿Cancelar la hipoteca con el premio y reclamar posteriormente la cláusula suelo?
Si el afortunado decide cancelar su hipoteca con el premio conseguido en la Lotería de Navidad, debe tener en cuenta que podrá seguir reclamando las cláusulas abusivas de su préstamo. Incluso si cancela la hipoteca y, posteriormente, decide dar el paso de reclamar lo pagado de más por cláusula suelo, gastos de formalización o por tratarse de las conocidas como hipotecas multidivisa, podrá iniciar su reclamación encontrándose el contrato de préstamo ya extinguido, pues así lo ha confirmado una reciente sentencia del Tribunal Supremo.