El calendario declaración de la renta se abre el próximo viernes 15 de marzo, día a partir del cual ya se podrá pedir el número de referencia para el borrador y revisar los datos fiscales. Pedir el borrador siempre es interesante aunque después no lo confirmemos para saber, primero, qué información tiene Hacienda sobre nosotros y, segundo, hacer o no las correcciones oportunas sobre el mismo.
Hay que recordar que la administración tributaria no se hace responsable de la exactitud de los datos que aparecen en el borrador, ni tampoco de aquellas declaraciones realizadas por los propios funcionarios cuando les pedimos que nos ayuden a hacerlas. Por eso es importante pedir el borrador cuanto antes y estudiar los datos que incluye. Aunque no estemos obligados a presentar la declaración de la renta, puede ser que el borrador nos descubra que sale “a devolver”. Que una cosa es no estar obligados a declarar y otra regalarle dinero a Hacienda.
Otras fechas importantes
También hay que estar atentos a las siguientes fechas:
Para guiar en todo este proceso de hacer la declaración de la renta han nacido plataformas web como la de economiadeahorro.com. Quizá la parte más difícil de entender es si realmente tenemos que hacerla o no. Ellos lo explican así:
“Estáis obligados hacer la declaración de la renta cuando los ingresos son iguales o inferiores a 22.000 euros anuales pero procedentes de un único pagador. Si existen varios pagadores, la suma del segundo en adelante por orden de la cifra de ingresos no pueden superar en conjunto los 1.500 euros.
Existe también la posibilidad de que el contribuyente tenga que hacer la declaración teniendo en cuenta el modelo 146, esto sucede cuando los rendimientos del trabajo consistan en prestaciones pasivas, o lo que es lo mismo:
El mínimo de ingresos es de 11.200 euros anuales
El límite está fijado en 11.200 euros anuales pero dependiendo de estos cuatro casos:
Un último apunte. Si usted no presenta la declaración de la renta, porque no está obligado, y al año siguiente quiere pedir alguna subvención o ayuda, se la pedirán. Como no la tiene, tendrá que presentarla ya fuera de plazo. Y Hacienda le multará con 75 euros.