La nueva ley establece que en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, como la consultoría de ingeniería, ya sea en proyectos o en controles y vigilancias de la ejecución de estos, los criterios relacionados con la calidad deberán representar, al menos, el 51% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. A pesar de ello, TECNIBERIA defiende que el peso de estos debería ascender hasta el 80%, como también defiende que debe valorarse el precio y no “la baja”; ambas cosas las recogen los pliegos de organismos internacionales como los de la Comisión Europea. Desde la Asociación recuerdan que primar la calidad por encima del precio es el espíritu de la directiva y, en las contrataciones de ingeniería, esto se traduce en proyectos económicamente más rentables y duraderos.
Por otra parte, TECNIBERIA valora positivamente que la nueva LSE prohíba, al igual que la Ley de Contratos del Sector Público actual, que se empleen subastas, sean electrónicas o no (licitaciones 100% a precio), no sólo en prestaciones que tengan carácter intelectual, como los servicios de ingeniería, consultoría y arquitectura, en cualquiera de sus vertientes, tanto en el diseño como en el control y vigilancia de la ejecución, sino para cualquier servicio donde el coste de personal sea el principal componente del precio.
“Nos felicitamos del desbloqueo de la nueva Ley de Sectores Excluidos. Pensamos que es un paso positivo hacia la ingeniería de excelencia”, ha comentado Pablo Bueno, presidente de TECNIBERIA.