A lo largo de estas semanas han sido muchas las consultas de los viajeros a la plataforma online de servicios legales sobre si debían aceptar el voucher que sus compañías le estaban ofreciendo, ya que no le daban la opción a reembolso automático. Los consumidores indican a reclamador.es que en su lugar las aerolíneas les ofrecen el canje del billete por otro vuelo o un bono por el importe con el que comprar otro trayecto en un plazo determinado, de entre seis meses y un año.
Las compañías no pueden excusarse de cumplir esta obligación cuando al mismo tiempo están reclamando ayudas porque eso afectaría a los derechos de millones de pasajeros que están en inferioridad de condiciones y ya suficientemente golpeados económicamente por esta situación. Ayudas sí, pero con merma de derechos, no.
La plataforma de servicios legales online aconseja a todos aquellos pasajeros afectados que no quieran aceptar el voucher (vale o bono para volar con la compañía aérea en otra fecha) que se pongan en manos de profesionales para hacer valer sus derechos y reclamar el reintegro del billete.
Indemnizaciones adicionales al precio del billete
Al tratarse de una circunstancia extraordinaria, reclamador.es señala que las aerolíneas no están obligadas a indemnizar adicionalmente a sus clientes con las indemnizaciones del Reglamento 261/2004, comprendidas entre 250 y 600 euros, limitándose la compensación al reembolso del precio del billete.