Si no cumplen con lo acordado en la normativa, se debe devolver parte de la cantidad recibida, como ha sido tu caso en el 2019.
En este caso hay que hacer una declaración complementaria del año 2018, año en el que se tributó, reduciendo los ingresos en la cantidad devuelta y pidiendo en su caso la devolución de ingresos indebidos. No se puede incluir en la declaración de la renta del año 2019, pues son “gastos” del año anterior.
Sección patrocinada por Degussa |