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COAPIMADRID – AIM valora de forma positiva que la Comunidad de Madrid entre en Fase 1 porque los agentes inmobiliarios podrán desarrollar su actividad de forma efectiva

Martes 26 de mayo de 2020
El Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes Inmobiliarios de Madrid (COAPIMADRID – AIM), valora positivamente que los agentes de la propiedad inmobiliaria de la Comunidad de Madrid puedan retomar no solo la actividad de realizar visitas a inmuebles, sino más actuaciones ligadas a la intermediación, como pueden ser la mediación en compraventas y préstamos o la propia tasación de bienes inmuebles. id:58977

El Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes Inmobiliarios de Madrid (COAPIMADRID – AIM), celebra que la Comunidad de Madrid entre en la Fase 1 de la desescalada porque ello permitirá reactivar de forma más completa y efectiva la actividad de intermediación inmobiliaria, una vez que se ha aprobado la Orden SND 442/2020 de 23 de mayo. La realización de la actividad facilitará la reactivación de las operaciones inmobiliarias y redundará en beneficio de la economía.

Los profesionales podrán realizar todas las actividades reguladas en las órdenes ministeriales de sanidad, Decretos y plan de desescalada. Es decir, todas las actividades propias de la actividad que no estén expresamente prohibidas, que comprenden, principalmente, además de las visitas a inmuebles acompañando a los clientes, la propia actividad de tasación. Siempre observando las medidas de seguridad y sanitarias establecidas en cada momento por el Gobierno.

Con arreglo al Real Decreto 1294/2007 por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria que mantiene la vigencia actual del artículo 1º del Decreto 3248/1969, se establece que son funciones profesionales propias de los API, la mediación y corretaje en las siguientes operaciones: a) Compraventa y permuta de fincas rústicas y urbanas; b) Préstamos con garantía hipotecaria sobre fincas rústicas y urbanas; c) Arrendamientos rústicos y urbanos, cesión y traspaso de estos últimos; d) Evacuar las consultas y dictámenes que les sean solicitados sobre el valor en venta, cesión y traspaso de los bienes inmuebles a que se refieren los tres apartados anteriores, todas funciones que pueden empezar nuevamente a desarrollar los profesionales con las medidas de seguridad y sanitarias establecidas en cada momento por el Gobierno.

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