Economía

La Ley de la Segunda Oportunidad, más necesaria que nunca: liberan de una deuda de 80.000€ a un avalista de una sociedad insolvente en Madrid

Domingo 07 de junio de 2020
El Juzgado de Primera Instancia nº 89 de Madrid ha concedido la liberación de la deuda a un avalista de una sociedad insolvente que previamente había sido declarada en concurso. id:59389

Dicha liberación de deuda ha sido concedida tras más de un año esperando a que el Juzgado rectificara una resolución errónea y ha sido tramitada por el despacho de abogados Gaula Abogados.

Como consecuencia de la imposibilidad de hacer frente a las deudas avaladas por parte del deudor principal, el avalista se vio en la obligación de acogerse al procedimiento de segunda oportunidad. Tras una negociación fallida con los acreedores se procedió a la solicitud de concurso ante el Juzgado de Primera Instancia con el objetivo de alcanzar la liberación de la totalidad de su deuda.

El Juzgado acogió la solicitud de concurso considerando que procedía la conclusión inmediata del procedimiento por no disponer el deudor de activos que pudieran ser objeto de liquidación para el pago a los acreedores. Igualmente se concedió un plazo al deudor para solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (liberación de la deuda), la cual fue confirmada por parte del mediador.

El Juez reconoció que el deudor cumplía los requisitos para poder ser beneficiario de la liberación de la deuda, sin embargo, en lugar de disponer dicha liberación, procedió a aprobar el plan de pagos remitido a los acreedores en la fase extrajudicial, posibilidad que no viene contemplada en la Ley Concursal en ninguna circunstancia.

Siendo dicha resolución contraria a la normativa concursal, se solicitó al Juez la nulidad de las actuaciones llevadas a cabo por entender que se había dictado una resolución incongruente con respecto a lo solicitado. Finalmente, tras un año de espera, el Juez ha rectificado y ha concedido al deudor la liberación definitiva de la deuda avalada a la empresa, sin que quepa interponer recurso contra dicha decisión.

“Este es un nuevo ejemplo de la necesidad de contar con especialistas para el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad. No se trata de un procedimiento estándar, sino que, muy al contrario, requiere un tratamiento y seguimiento personalizados”, explica Carlos Pavón, socio director de Gaula Abogados, y añade que “tras el sobreendeudamiento al que se han visto sometidas muchas empresas, especialmente a raíz de la inactividad de los últimos meses, y tras la consecuente entrada en concurso de acreedores de algunas de ellas, el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad será una figura clave para aliviar la situación de muchas personas que como nuestro cliente, han avalado préstamos que no han podido amortizar, y por los que se les reclama a título personal”.

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