Economía

Tributación de vivienda por fallecimiento

Consultorio fiscal de José Antonio Almoguera ofrecido gracias al patrocinio de Degussa

José Antonio Almoguera | Jueves 11 de junio de 2020
Ha fallecido mi padre en noviembre y quiero saber ¿cómo tributo por la vivienda heredada? id:59599

La vivienda hasta el fallecimiento del padre deberá ser incluida dentro de la declaración del padre, que tendrá que ser realizada por los herederos.

A partir del día siguiente del fallecimiento el heredero es el propietario legal de dicho bien, aunque no se haya hecho el cuaderno particional, incluyendo cualquier rendimiento que se produzca en su declaración.

En el caso que nos ocupa a partir de noviembre deberá tributar el heredero en su declaración de la renta, por la vivienda dependiendo de su situación. Si está arrendada como rendimiento de capital inmobiliario y si está desocupada como imputación de rentas inmobiliarias, solo por dicho periodo.

Sección patrocinada por Degussa

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