Economía

Piso alquiler por ARBNB

Consultorio fiscal de José Antonio Almoguera ofrecido gracias al patrocinio de Degussa

José Antonio Almoguera | Viernes 12 de junio de 2020
Tengo un piso que alquilo por la plataforma ARBNB. ¿Dónde lo incluyo en la declaración? id:59602

Cualquier alquiler de bienes inmuebles se deberá incluir en el epígrafe de rendimientos de capital inmobiliario. En este caso el rendimiento será la diferencia entre los ingresos que se obtengan y los gastos necesarios para la obtención de ingresos y los correspondientes al deterioro de los bienes.

En el caso que nos ocupa tenemos que tributar como ingresos los recibidos por la plataforma ARBNB y los gastos serán los que se paguen (comisiones, seguros, ibi, gastos comunidad, amortización, etc.).

Si el contrato es de temporada, es decir inferior a 12 meses, no se podrá aplicar la reducción del 60% del rendimiento neto de dichos rendimientos.

Es importante que recordemos que las plataformas de internet que se dedican al alquiler de viviendas, tienes obligación de pasar a Hacienda la información sobre los ingresos que han pagado a cada uno de los propietarios.

Sección patrocinada por Degussa

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