Según el artículo 1 del Reglamento Notarial, “los notarios son a la vez funcionarios públicos y profesionales del Derecho”. Como funcionarios ejercen la fe pública notarial y como profesionales del Derecho tienen la misión de “asesorar a quienes reclaman su ministerio y aconsejarles los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que aquéllos se proponen alcanzar”. Es decir, su misión reviste una doble importancia.
Pero, ¿Qué debemos tener en cuenta a la hora de elegir un notario?, ¿Cuándo debemos consultar a uno?, ¿Qué tarifas manejan? Sigue estas recomendaciones y encuentra tu notario.
Cuándo son necesarios los servicios de un notario
Siempre que haya que “dar fe” de la legalidad de un acto, documento o identidad para garantizar nuestra seguridad jurídica, deberemos recurrir a un notario. Por ello, su actuación se materializa en las escrituras públicas, actas, testimonios y pólizas intervenidas.
Según el artículo 144 del Reglamento Notarial, estos instrumentos públicos “tienen como contenido propio las declaraciones de voluntad, los actos jurídicos que impliquen prestación de consentimiento, los contratos y los negocios jurídicos de todas clases”.
En concreto, sería la transcripción o reproducción total o parcial de un documento original de cuya correspondencia “da fe” el notario. Son muy comunes las legitimaciones de firmas en las que se acredita identidad, datos del firmante y fecha de la firma.
Es decir, en ella el Notario da fe de la identidad, capacidad y legitimación de los firmantes de una póliza bancaria de crédito, comprobando su legalidad y explicando su contenido al cliente.
En todos y cada uno de estos casos, el notario se encargará de explicar punto por punto el contenido de los documentos hasta que tengan un “carácter indubitado” para el cliente, es decir, que se comprenda absolutamente todo su contenido.
5 consejos para elegir un notario
Aunque todos sus servicios y aranceles están controlados y normalizados, toda persona es libre de elegir un notario para cualquiera de los trámites anteriormente descriptos, conforme al artículo 11.1 b) del Real Decreto 309/2019. La persona puede presentar “en la notaria del notario que desee elegir, donde solo necesitará mostrar su documento nacional de identidad”, según estipula la norma.
Para elegir el notario, puede ser útil seguir estas 5 recomendaciones:
¿Todos los notarios cobran lo mismo?
En principio y de acuerdo a la normativa vigente, los precios de notaría están regulados por el Gobierno y por lo tanto, todos los notarios ofrecen los mismos aranceles. Sin embargo, dicha norma admite descuentos limitados.
Aunque el precio exacto de un documento notarial no puede calcularse hasta que se conoce todo su contenido, es posible conocer los aranceles aproximados para cada trámite en las páginas web de las notarías. El número de copias o el exceso de folios pueden hacer que el precio final varíe ligeramente.
Dado que el precio prácticamente no varía de un notario a otro, este no será el factor determinante en la elección, pero los descuentos siempre son bienvenidos por el cliente que, como hemos mencionado, está protegido por la ley para elegir libremente su notario.