Tras el parón por la pandemia en 2020, el Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Madrid ha condenado a Air China al pago íntegro de las cantidades solicitadas, es decir, 1.159€.
Según Jorge Ramos, abogado de reclamador.es “esta sentencia es importante no solo por las cantidades a las que se condena a la compañía aérea, también porque tiene como novedad que el PIR está en chino e inglés, pero no en español, circunstancia que numerosos juzgados toman en consideración para desestimar una demanda por daños en el equipaje. En esta sentencia, el juez establece que no es exigible al pasajero la traducción del mismo, ni se le puede oponer que no venga el mismo redactado en español”.
Ramos continúa explicando que “en estos casos de equipaje lo relevante es que el PIR venga a nombre del pasajero y quede reflejado el vuelo donde se sufrió la incidencia, ya que con esos datos se acredita que el pasajero formuló la reclamación por daños en el equipaje, independientemente del idioma en el que venga el referido documento. Además, no hace falta acreditar mediante fotografías los daños sufridos, en este caso del carrito del bebé, ya que con un certificado de irreparabilidad es suficiente para demostrar que se han producido daños que hacen inútil dicho carrito”.