La vicepresidenta ejecutiva Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, ha declarado: «El régimen por valor de 120 millones de euros aprobado hoy contribuirá a mejorar la competitividad y la ecologización del transporte de mercancías por ferrocarril en España. También apoyará la transición de la carretera al ferrocarril, en consonancia con los objetivos del Pacto Verde Europeo, limitando al mismo tiempo las posibles distorsiones de la competencia».
La medida española
La medida notificada por España, con un presupuesto estimado de 120 millones de euros, se financiará en su totalidad con cargo al MRR tras la evaluación positiva de la Comisión del Plan de Recuperación y Resiliencia español y su adopción por el Consejo.
El régimen, que durará hasta el 30 de junio de 2026, tiene por objeto fomentar el ferrocarril como medio de transporte más respetuoso con el medio ambiente, así como contribuir a la ecologización del transporte ferroviario.
La ayuda adoptará la forma de subvenciones directas para compensar a las empresas de transporte de mercancías por la diferencia de costes entre el transporte por carretera y por ferrocarril sobre la base de los volúmenes reales de mercancías trasladados del transporte por carretera al transporte por ferrocarril. El importe de la ayuda también se calcula sobre la base del comportamiento medioambiental de las empresas ferroviarias, lo que incentiva la mejora de ese comportamiento. El régimen está abierto a todas las empresas de transporte de mercancías establecidas en la Unión Europea que posean todas las licencias necesarias, tales como el certificado de seguridad único. El importe máximo de la ayuda por beneficiario depende del cambio modal logrado. Para incentivar a las empresas de transporte de mercancías a cambiar al ferrocarril, los importes concretos de la ayuda por beneficiario dependerán del aumento del tráfico ferroviario de mercancías durante el año anterior.
Evaluación de la Comisión
La Comisión evaluó el régimen con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, y en particular el artículo 93 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE») sobre la coordinación de los transportes y las Directrices de la Comisión de 2008 sobre ayudas estatales a las empresas ferroviarias («Directrices ferroviarias»).
La Comisión consideró lo siguiente:
Sobre esta base, la Comisión ha aprobado las medidas en virtud de las normas de la UE en materia de ayudas estatales.
Contexto
Todas las inversiones y reformas que impliquen ayudas estatales incluidas en los planes nacionales de recuperación presentados en el marco del MRR deben notificarse a la Comisión para su aprobación previa, a menos que estén cubiertas por una de las normas de exención por categorías de ayudas estatales.
La Comisión evalúa con carácter prioritario las medidas que implican ayuda estatal incluidas en los planes nacionales de recuperación presentados en el marco del MRR y ha proporcionado orientación y apoyo a los Estados miembros en las fases preparatorias de los planes nacionales, a fin de facilitar la rápida aplicación del MRR. Al mismo tiempo, la Comisión se cerciora en su decisión de que se cumplan las normas aplicables en materia de ayudas estatales, con el fin de preservar la igualdad de condiciones en el mercado único, y vela por que los fondos del MRR se utilicen de manera que minimicen el falseamiento de la competencia y no excluyan la inversión privada.