En palabras de Ocaña, “la constitución de la EIP favorecerá a los profesionales de la insolvencia y, especialmente, a los acreedores de los países europeos. Sin duda, también servirá para transmitir a las autoridades comunitarias el conocimiento de los expertos del sector, con el fin de un desarrollo óptimo del sistema de la insolvencia”.
La parálisis política mantiene a España alejada de su entorno
En palabras de Martín, “en lo que la insolvencia se refiere, España continúa siendo una anomalía respecto a su entorno. Las últimas y sucesivas reformas de la Ley Concursal no priman la experiencia sobre el conocimiento, con el consecuente perjuicio para los acreedores y deudores. Para ASPAC es esencial contar con representación en la EIP y con el apoyo de nuestros colegas europeos, modelos en muchos aspectos”. Asimismo, Martín señala que “es necesario velar por la profesionalización de los administradores concursales, de manera que se pueda proteger la devolución del crédito de los acreedores, la viabilidad de las empresas y, por tanto, a la economía nacional en su conjunto”.
Las últimas modificaciones (Ley 17/2014, de 30 de septiembre, Ley 9/2015, de 25 de mayo, y 25/2015, de 28 de julio) y las previstas (Estatuto de la Administración Concursal) permitirán que cualquier titulado que acredite formación jurídica o económica pueda acceder al ejercicio de la administración concursal, lo que significa “no limitar la entrada deprofesionales, en un contexto saturado, en el que ya hay más administradores concursales que concursos de acreedores (más de 9.000 registrados, frente a los 4.777 procedimientos de 2015)”, finalizó Martín.