Begoña Tundidor
Jueves 06 de octubre de 2016
La diputada Begoña Tundidor defiende la propuesta del PSOE que persigue garantizar la seguridad en las gasolineras desatendidas.
La Comisión de de Industria, Energía y Turismo del Congreso de los Diputados ha aprobado este miércoles una proposición no de ley del presentada por el PSOE instando al Gobierno a desarrollar y clarificar suficientemente los requisitos de seguridad industrial de las gasolineras desatendidas y a establecer la obligación de que las gasolineras cuenten al menos con un empleado en horario diurno.
La diputada socialista por Málaga, Begoña Tundidor, que ha defendido esta iniciativa en la comisión, ha explicado que es necesario que el Gobierno adopte las medidas incluidas en la propuesta de los socialistas para garantizar la seguridad de este tipo de instalaciones, además de la igualdad de acceso a todos los consumidores.
De esta forma, ha señalado la preocupación que existe tanto en el sector como en los consumidores por la proliferación de las estaciones de servicios desatendidas. Así, se ha referido a las dificultades que tienen las personas con discapacidad para utilizar gasolineras que no cuentan con personal, además de los riesgos a los que pueden estar expuestos, y a la pérdida de empleo que suponen en un sector que actualmente da trabajo a unas 40.000 personas.
En su iniciativa, los socialistas recuerdan que la Administración General del Estado es competente para establecer la legislación básica sobre seguridad industrial, así como el régimen de hidrocarburos, enmarcado en Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
En desarrollo de esta competencia fue publicado el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, así como el Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 04 «instalaciones fijas para distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público» que fija las condiciones de instalación de las estaciones de servicio.
Desde el PSOE señalan que, en la actualidad, están proliferando estaciones de servicio, es decir, gasolineras, en nuevas modalidades de pago y atención al cliente, en concreto dándose la circunstancia de que no hay personal alguno para atender a las personas consumidoras, puesto que se trata del régimen de gasolineras desatendidas.
En ese sentido, apuntan, es preciso tener en cuenta que una estación de servicio está sometida también al cumplimiento de otra normativa, tal y como indica el artículo 43 de la Ley del Sector: «Las instalaciones utilizadas para el ejercicio de esta actividad deberán cumplir con los actos de control preceptivos para cada tipo de instalación, de acuerdo con las instrucciones técnicas complementarias que establezcan las condiciones técnicas y de seguridad de dichas instalaciones, así como cumplir con el resto de la normativa vigente que en cada caso sea de aplicación, en especial la referente a metrología y metrotecnia y a protección de los consumidores y usuarios». “Estas instalaciones dan servicio a personas consumidoras que deben ser atendidas en condiciones de seguridad y de igualdad”, subraya Tundidor.
Así, la diputada socialista ha explicado que existe cierta indeterminación en la normativa básica estatal así como incongruencias con otras leyes que pueden derivar en implantaciones diferentes en las distintas Comunidades Autónomas o que no representen un trato igualitario para todo tipo de personas consumidoras.
Por todo ello, el Congreso ha instado hoy al Gobierno a petición del grupo socialista a desarrollar y clarificar suficientemente los requisitos de seguridad industrial que este tipo de gasolineras debe contemplar para garantizar que cualquier usuario esté plenamente en condiciones de seguridad ante cualquier tipo de eventualidad que se produzca cuando realice su repostaje. Este desarrollo, según los socialistas, aportaría seguridad jurídica a todos los agentes del sector garantizado una competencia leal en los términos de defensa de la competencia.
Asimismo, se ha instado al Gobierno a modificar, en coordinación con las Comunidades Autónomas, las normas que sean necesarias para prever la obligatoriedad de que haya al menos un empleado en las estaciones de servicio para atender a personas consumidoras en horario diurno. Se cumpliría así, además, con el derecho de las personas con discapacidad a ser atendidas en estos establecimientos.
También se ha instado al Gobierno a publicar la nueva revisión de la instrucción técnica complementaria IP04 relativa a estaciones de servicio, con el objeto de aclarar y hacer más concretos y rigurosos las medidas de seguridad de las estaciones de servicio desatendidas; a garantizar la Unidad de Mercado prevista en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, y que por tanto, no se produzcan agravios comparativos en los requisitos de acceso de seguridad básicos en las diferentes Comunidades Autónomas y a articular y garantizar, conforme a la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, que los técnicos proyectistas e instaladores de las estaciones de servicio desatendidas cumplan rigurosamente la normativa de seguridad industrial que estas instalaciones deben cumplir en la actualidad, garantizando, por tanto, la seguridad de las personas y los bienes.
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