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La reforma del Impuesto de Sociedades obliga a tributar por pérdidas

El Presidente de la Unión de Contribuyentes, Juan Pina.
El Presidente de la Unión de Contribuyentes, Juan Pina.

Según la Unión de Contribuyentes

lunes 19 de diciembre de 2016, 09:45h
La Unión de Contribuyentes (UC) ha expresado su alarma por los efectos confiscatorios del Impuesto de Sociedades, tal como ha quedado aprobado el jueves con los votos de PP y PSOE.
Al haberse limitado ambos partidos a confirmar sin cambios el decreto-ley 3/2016, se ha hurtado al parlamento y a la sociedad civil la posibilidad de mejorar al menos los detalles de la subida del impuesto. Por ello ha quedado convalidado un texto legislativo técnicamente deficiente, en virtud del cual —como han señalado en los últimos días diversos expertos— muchas empresas tendrán que tributar por las pérdidas.

“Muchas empresas van a tener que presentar un resultado ficticio por obligación legal, y tributar por beneficios inexistentes poniendo en riesgo su negocio y los puestos de trabajo”

Esta tributación por pérdidas constituye un hecho insólito en los países desarrollados. Por ello, la Unión de Contribuyentes considera que estamos ante un efecto claramente confiscatorio del Impuesto de Sociedades reformado. La organización de los contribuyentes duda de la constitucionalidad del impuesto tal como ha quedado reformado, ya que choca frontalmente con el artículo 31 de la carta magna. El mencionado artículo proscribe el alcance confiscatorio de los impuestos, pero la modificación de Sociedades obliga a las empresas a revertir deducciones anteriores a 2013, lo que genera artificialmente para muchas empresas una base imponible positiva en el ejercicio de 2016, obligándolas a pagar injustamente este impuesto pese a haber dado pérdidas en realidad.

El Presidente de la Unión de Contribuyentes, Juan Pina, ha declarado que “el consenso de los dos grandes partidos ha aplastado sin contemplaciones a infinidad de empresas que atraviesan un momento complicado y que, pese a dar pérdidas, van a tener que presentar un resultado ficticio por obligación legal, y tributar por beneficios inexistentes agravando así su situación financiera y poniendo en riesgo la continuidad de su negocio y de los puestos de trabajo”.

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