Convenio de colaboración para el asesoramiento a los socios de la organización agraria en la impugnación de las liquidaciones tributarias giradas en concepto de plusvalía municipal, para las reclamaciones de cláusulas suelo, así como demás conceptos abusivos de los préstamos hipotecarios.
El presidente de Asaja Córdoba, Ignacio Fernández de Mesa, y Víctor Gómez Cuenca, en representación de Martínez-Echevarría Abogados, han firmado un convenio de colaboración para el asesoramiento a los socios de la organización agraria en la impugnación de las liquidaciones tributarias giradas en concepto de plusvalía municipal, para las reclamaciones de cláusulas suelo, así como demás conceptos abusivos de los préstamos hipotecarios.
La posibilidad de recuperar lo ingresado indebidamente por plusvalías municipales surgió a raíz de una reciente sentencia del Tribunal Constitucional, y exige que la plusvalía sea recurrida dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha en la que se recibió la liquidación.En los supuestos en los que el contribuyente haya autoliquidado el impuesto y no haya sido la administración local quien haya practicado la liquidación, también se puede solicitar la devolución de ingresos indebidos, siempre y cuando no se haya producido un incremento de valor real entre la fecha de compra y venta del bien, y que se trate de plusvalías superiores a 8.000 euros, existiendo entonces un plazo de cuatro años desde la autoliquidación para recurrirla.