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La CNMC inspecciona la sede de varias empresas prestadoras de servicios de montaje y mantenimiento industrial

La CNMC inspecciona la sede de varias empresas prestadoras de servicios de montaje y mantenimiento industrial
lunes 10 de julio de 2017, 18:29h
Analiza posibles acuerdos para el reparto de clientes a los que se presta servicios de montaje y mantenimiento industrial, en particular, en los sectores petroquímico y energético.
La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) investiga posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de prestación de servicios de montaje y mantenimiento industrial incluyendo, en particular, los sectores petroquímico y energético. Las prácticas habrían incluido el reparto de proyectos licitados por sus clientes.

Los días 4, 5, y 6 de julio se realizaron inspecciones domiciliarias en las sedes de varias empresas que operan en el citado mercado. La CNMC ha contado con la colaboración de inspectores de las Autoridades de Competencia autonómicas donde se ubican algunas de las empresas inspeccionadas.

Las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas. Si como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, se procederá a la incoación formal de expediente sancionador.

Los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras.

La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello se cuenta, entre otros, con el programa de clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección.
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